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officium suum » 11 •. Según esto, la voluntad o intención del prelado sería el elemento determinante de la gravedad de sus propias órdenes y preceptos. Entre los autores hasta aquí revistados, seguramente que ninguno ha estudiado nuestra cuestión con más claridad y detención que el beato Humberto de Romanis. Efectivamente, puede observarse en primer lugar cómo el beato Humberto encarece la eficacia preva– lente de la intención del superior sobre la obligatoriedad de toda clase de leyes y estatutos. Tanto es así que puede considerarse que en modo alguno obligan en concienci1a cuando se presume con probabilidad que ésta ha sido la voluntad o intención del legislador: « Potest etiam interdum iudicari quod aliqua quae proponuntur vel dicuntur in nullo oblígant, scilicet cum probabilirter praesumitur quod mandans nullo modo voluntatem habet obligandi vel in modíco vel in multo » 119 • ¿De qué depende, entonces, la mayor o menor gravedad de los pr;ceptos y demás prescripciones eclesiásticas y regulares? La cues– tión no le coge de sorpresa al beato dominico, puesto que se la plantea explícitamente. Y, para resolverla, se apropia el pensamiento de san Bernardo y propone cinco puntos que habrá que tener muy en cuenta al tratar de medir la mayor o menor gravedad de una transgresión cualquiera 120 • Por el momento, nos interesa fijar la aten– ción en dos''.:ellos: la autoridad y el mandato. La autoridad del supe– rior, porque cuanto mayor sea su categoría, tanto mayor será la ofensa; el mandato, porque a mayor mandato corresponde más grave transgresión. Ahora bien; la magnitud del mandato depende de la mayor voluntad o íntención del superior 121 • ¿Podría, por lo tanto, el legislador haber impuesto sus ordena- 118 S. RAYMUNDUs DE PEÑAFORT, OP, Summa cum g/,ossis Ioannis de Fri– burgo, ed. 2,, Avenione 1715, lib. 3, De sententiis praecepti, n. 2, p. 554. 110. B. HUMBERTUS DE R0MANIS, OP, Expositío super constitutiones fratrum praedicatorum, n. 18, en Opera de vita regulari, vol. 2, Romae 1889, p. 54; n. 16, ibídem, p. 51 s. Véase también foEM, Expositio regulae B. Augustini, n. 12, en Opera de vita regulari, vol. 1, Romae 1888, p. 64 s. 120 Los cinoo puntos o raíces de la mayor o menw g;ravedad son los si– guientes: la causa o motivo, el afecto o voluntad, el fin o intención, la autoridad y el mandato. Nótese que no hace mención del objeto o materia del mandato (!DEM, Expositio super COMtitutiones fratrum praedicatorum, n. 18, ibídem, p. 54). 1 21 Ibídem, p. 53 s. : « Sed quaeritur utrum ex transgre,ssione praeceptorum quorurnlibet, ve] eorum quae obligant ad venialia surgant aequalia peccata vel inaequalia? Et eadem est quaestio de iniunctionibus et mandatis et articulis 44

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