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180 Miguelángel de Espinal Ahora bien, ¿qué actitud adoptarán frente a esas dos tendencias los maestros franciscanos de la edad media? Con nuestro pequeño estudio queremos contribuir a disipar la obscuridad que L. Vereecke atribuye a ese período y esclarecer principalmente la doctrina de los teólogos franciscanos en torno al opus servile. l. - EL << OPUS SERVILE >> EN SENTIDO ALEGORICO-MORAL La idea de pecado-obra servil choca a nuestra mentalidad moderna quizá demasiado acostumbrada a la tesis opuesta. A esto se debe segu– ramente la facilidad con que nos inclinamos a atribuir a esa idea o doctrina un carácter puramente alegórico o metafórico y aun a afirmar que semejante doctrina carece de sólido fundamento (9). ¿Pensarán del mismo modo los teólogos franciscanos? 1. - Los maestros franciscanos de la edad media. Alejandro de .Hales (m. 1245), es el primer gran teólogo franciscano que estudia detenidamente este problema; y, después de su detenido estudio, se declara decididamente en favor de la doctrina del pecado– obra servil. Efectivamente, existen dos especies de obras serviles: obra servil pecaminosa y obra servil mecánica o corporal. Ahora bien, el pecado es obra servil porque, si bien es verdad que se debe evitar siem– pre, no lo es menos que aparece especialmente reprobable cuando se comete en el tiempo dedicado al culto divino (10). Se impone, pues, la conclusión: el pecado es obra servil. 'Pero ¿lo es sólo en sentido meta– fórico o más bien en sentido teológico o moral? Alejandro de Hales res– ponde: << Dicendum quod opus servile dicitur duobus modis. Moraliter, (9) Cf. DELHAYE PH. Le repos dominical, en L'ami du clergé 68 (1958) 241. Por lo demás, desde el siglo XVI casi todos los moralistas niegan decididamente que el pecado sea obra servil; admiten únicamente que lo es en sentido impropio o metafórico y que reviste una nueva malicia de carácter leve contra la virtud de la religión por oponerse al fin del precepto. (10) ALEXANDER DE HALES, Summa t/zeologica, t. 4, lib. 3, Ad Claras Aquas 1948, n. 335, p. 503: << Dícendum quod die dominica cessandum est ab opere servili; opus autem servile dicitur duobus modis: Uno modo peccatum dícitur opus servile, alio modo opus prohibens vacationem ad Deum ... Unde, etsi peccatum sit damna– bile omni tempore, tamen tune maxime damnabile, cum fit tempore determinato vacationi divinae ... >>.

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