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El << opus servile )> en los franciscanos 193 Este es el último esfuerzo realizado con miras a restaurar las ense– ñanzas de los antiguos sobre el pecado mortal cometido en los días de fiesta (45). Pero estas voces, bien fundadas, por cierto, sobre docu– mentos de los SS. Padres, de los grandes teólogos del medievo y de concilios particulares (46), no pudieron sobreponerse a las voces más numerosas de la corriente iniciada por Cayetano y otros teólogos y sumistas dominicos a principios del siglo XVI. *** En conclusión, creemos se puede afirmar =¡ue la doctrina del pecado - obra servil posee un fundamento histórico de gran solidez. Por otra parte, estamos convencidos de que el fundamento teológico es también fuerte. Porque no se trata propiamente de una interpretación equi– vocada de los textos viejotestamentarios que prohiben las obras ser– viles, sino más bien de su cristianización o acomodación según las exigencias del domingo cristiano. El domingo es - y lo era especial– mente para los SS. Padres y teólogos del medievo - no sólo el día de la resurrección, del triunfo de Jesucristo sobre la muerte, sino tam– bién el día de su triunfo y de nuestro triunfo sobre el pecado y sobre et viri quoque in facultate theologica primi subsElii tutati sunt. Porro sententia quae circumstantiam diei festi per lethale peccatufu violari, mortalem dicunt, potio– ribus auctoritatibus fulcitur et · vetustate et scriptoru.71 granditate opinionem opposi– tam antecellit. Ea igitur probabilitatem potiorem praesefert et in praxí sequelam absolutam exigít )). (45) A fines del siglo XVII y durante el siglo XVIII defendieron las mismas ideas que los capuchinos varios teólogos dominicos como Noé! Alejandro (Theo– logia dogmatica et mora/is, t. 2, Venetiis 1725, lib. 4, cap. 5, art. 6, reg. 5 p. 546), Daniel Concina (Theologia christiana dogmatico-mo•alis, t. 5, Neapoli 1774, lib. 1, diss. 2, cap; 2, n. 13, p. 27), Juan Vicente Patuzzi ~Ethica christiana sive Theologia morali, t. 4, Bassani 1790, pars 3, tr. 5, diss. un., ca:J. 5, n. 4-6, p. l 15s.) y el jesuita Gabriel Antoine (Theologia mora/is universa, t. 3, Venetiis 1793, p. 71-75). (46) No se puede negar que los concilios particulares han alzado frecuente– mente su :·voz contra los vicios y pecados que profanan los días de fiesta; pero de aquí no se puede concluir con certeza que quien cooete un pecado mortal en dichos días sea reo de una nueva malicia de carácter grave contra el precepto que manda santificar las fiestas. Nos haríamos interminables si quisiéramos enumerarlos todos. Véanse, entre otros, el concilio de Friuli (796-797), cap. 13, en Monumenta Germa- · niae historica, sect. 3, t. 2, pars 1, p. 194; el conc.'lio de Lestines (743), en MANSI l. D., Sacrorum conciliorum nova et amplissima coilectio, t. 12, c. 378; el concilio de Nápoles (1576), cap. 10, ibid. t. 35, c. 815. Laurentianum 13
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