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«parva» vanagloria y las mentiras jocosas y oficiosas 60 • En este punto Escoto se opone a la opinión, mantenida por Pedro Lombardo y otros teólogos anteriores, según la cual las mentiras jocosas y oficiosas repetidas constituirían pecado mortal in viris perfectis 61 • El Doctor Sutil piensa que, de no intervenir circunstancias especiales, no consti– tuyen pecado mortal para ningún cristiano 62 • Concluyamos, pues, que la materia leve posee, en el pensamiento escotista, una amplitud realmente reducida. Esta conclusión se reafir– ma si se tiene en cuenta que todo precepto importa obligación sub mortali y que una materia de suyo leve se convierte en grave cuando es objeto de un precepto o prohibición en sentido estricto: « Suppono quod aliquis actus ex genere potest esse peccatum veniale... Sed actus de se venialis non fit mortalís, nisi quatenus super ipsum cadit prae– ceptum » 63 • Si, al llegar a este punto y ateniéndonos a la materia de nuestro estudio, intentáramos comparar las enseñanza de los grandes escolás– ticos con las de sus más próximos precursores, llegaríamos segura– mente a comprobar y concluir -que, desde san Anselmo ·hasta Duns Escoto, se mantiene la misma línea de pensamiento y de doctrina, aunque con indiscutible ventaja de claridad y precisión a favor de los grandes maestros del siglo XIII. Efectivamente; unos y otros admi– ten, con mayor o menor claridad, materia de suyo leve y pecados ex genere suo veniales. Ahora bien; aunque es innegable que éstos y aquélla poseen una extensión o amplitud francamente reducida, pue– de afirmarse que los límites de ésta, tanto en los grandes maestros como en sus precursores, aparecen realmente indefinidos e indeter– minados. ¿Qué actitud adoptaráran ante este problema los teólogos y su– mistas que siguieron a los grandes teólogos de la escolástica? 61 Ordínatio, lib. 3, dist. 38, q. un., en Opera omnia, t. 15, p. 939 y 948. 62 Ibídem, p. 952 s.: « Quantum est igitur ex natura mendacii ofll.ciosi et iocosi in factis, secundo modo dicti, non videtur quod talis obligetur ex profes– sione sua ad vitandum tale peccatum, plus quam quicumque christianus. Verum– tamen si ratio recta dictet quod actus eius unicus vel frequentatus sit scandalum audientibus, quamvis consimilis actus in alio non esset scandalizativus, ille tene– retur ex charitate proximi vitare scandalum ». 63 Ibídem, lib. 2, dist. 21, q. 1, en Opera omnia, t. 13, p. 134. Esta misma idea se expresa tal vez en el siguiente pasaje del Angélico: « Si ergo circum– stantia addita addat talem deformitatem quae sit contra praeceptum Dei, tune faciet id quod est veniale ex genere, esse mortale » (S. THOMAS AQUINAS, De malo, q. 7, art. 3, ad 16, in e, en Opera omnia, t. 8, Parmae 1856, p. 323). 24

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