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Ricardo de Middleton (t 1308) admite claramente pecaclos ex gene– re suo veniales, es decir, •cometidos con plena advertencia y delibe– ración, no sólo en la sensualidad y parte infenor de la razón, sino también en su parte o porción superior 54 • Más aún; en contra de la opinión de Pedro Lombardo y de santo Tomás de Aquino, enseña con decisión y firmeza que los movimientos de la sensualidad no consti– tuyen siempre pecado, ni siquiera venial: « Dicunt aliqui, quod in sen– sualitate hominis habentis usum liberi arbitrii, est peccatum veniaEe, sed non mortale... Ego autem dico, quod inordinatio sensualitatis po– test esse sine omní culpa, si voluntas non est causa illius inordina– tionis, nec omittendo, nec committendo, nec antecedenter, nec con– comitanter » 55 • Desgraciadamente, no encontramos igual claridad y precisión en torno al problema de la extensión de la materia leve y de los pecados ex genere suo veniales. El maestro franciscano no se plantea expresa– mente esta cuestión; pero es cierto que, entre los desórdenes veniales ex génere suo o por razón de su materia, se pueden contar las palabras ociosas, las mentiras jocosas, la risa inmoderada y el exceso en la comida para satisfacer la sensualidad, siempre que no resulte grave– mente perjudicada la salud 56 • Y ¿qué pensaría Ricardo de Middleton del exceso en la bebida y, concretamente, de la embriaguez? Nos figu– ramos que su pensamiento no se apartaría mucho del que manifestaron Ricardo de S. Víctor, san Buenaventura y santo Tomás de Aquino. Pensamos, pues, que la consideraría como pecado mortal, sólo cuando importara un daño notable a la salud o impidiera el cumplimiento de algún precepto o prohibición. Ricardo de Middleton no determina la extensión de la materia leve, si bien parece ser bastante reducida, sobre todo si no se pierde de vista que todo precepto o prohibición importa obligación sub mor– ta:li: « Quamvis a voluntate deliberativa possit elici unus actus alio 54 RICHARDUS DE MEDIAVILLA, OFM Conv., Super quatuor libros Sententia– rum, Brixiae 1591, lib. 2, dist. 42, art. 2, q. 2, p. 511 s.: « Aliqua peccata ex deliberatione commissa venialia sunt... Sed non omne peccatum ex deliberatione commissum mortale est...: ergo non omne peccatum ex deliberatione commissum obligat ad poenam aeternam ». Véase también ibídem, dist. 21, art. 3, q, 1, p. 266; dist. 24, art. 4, q. 5, p. 319. 55 Ibídem, dist. 24, art. 4, q. 1, p. 314. 56 Ibídem, dist. 21, art. 3, q. 1, p. 266; dist. 42, art. 2, q. 2, p. 511 s. 22

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