BCCCAP00000000000000000001014

de suyo libres e indiferentes, obtienen su obligatoridad y gravedad de obligación no de su propio objeto o materia, sino de la fuerza e imposición del mandato: « A-ccedens autem mandatum hoc, quae per se media erant et ad utrumlibet se habebant, sive p1·aecipiendo sive prohibendo in alteram partero deflexit; ita ut iam ea quae prohibita sunt sine culpa non possint fieri, neque rursum ea quae praecepta sunt, possint omnino sine culpa dimitti. Quod tamen non natura reí fr,¡Jcit, sed vis et obediencia mandati » 29 • 1 Finalmente, Hugo de S. Víctor conoce la existencia de ciertos pecados veniales que él denomina quotidiana et levia y que se perdo– nan a los fieles mediante la oración y confesión mutuas, y otros de mayor gravedad - maioris culpae - que se someten al juicio del sacerdote en confesión individual 30 • Ahora bien; Hugo no determina qué pecados son éstos ni indica tampoco si se trata de pecados veniales ex genere suo o, más bien, por imperfección del acto humano. Pedro Lombardo (t 1160), el célebre Maestro de las Sentencias, no nos proporciona ninguna aclaración importante con respecto a la materia ,que estudiamos. Examina el proceso de los pecados perso– nales en relación •con el primer pecado de la humanidad, y en todos ellos encuentra a la serpiente, a la mujer (Eva) y al hombre (Adán) representados respectivamente por la sensualidad, la parte inferior y la parte superior de la razón. Mediante esta comparación el Maestro de las Sentencias piensa poder mostrar el camino para llegar al discer– nimiento de los pecados mortales y veniales 31 • Efectivamente; los pri– meros movimientos o sugestión de la sensualidad percibidos por el hombre constituyen ya un pecado venial, aunque levísimo. Si la parte inferior de la razón asiente a dichos movimientos o sugestión, la mujer come, ella sola, de la fruta prohibida y peca venial o mortalmente según la menor o mayor intensidad o duración de su asentimiento. Y comete este pecado, mortal o venial, aunque no consienta la voluntad o parte superior de la razón; aun más, aunque rechace prontamente la invitación de la parte inferior. Por último, si la parte inferior 29 IDEM, De sacramentis christianae fidei, lib. 1, pars 12, cap. 9, en PL 176, col. 360. 30 Ibídem, lib. 2, pars 14, cap. 1, en PL 176, col. 552 s. 31 PETRUS LoMBARDUS, Libri IV Sententiarum, ed. 2, Ad Claras Aquas 1916, lib. 2. dist. 24, cap. 9, p. 424: « Nunc superest ostendere, quomodo per haec tria in uobis consumetur peccatum; ubí agnosci poterít, si diligenter intendamus. quid sit in anima, mortale vel veniale peccatum ». 12

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz