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AZARES DE LAS MONJAS DE ARAGON 185 cencia. Entre las religiosas tiene el consuelo de ver la regular ob– servancia "en un punto verdaderamente edificativo". Un defecto observa : el cúmulo excesivo de leyes, preceptos," reglamentos, ac– tas de visita "o los hacía complicados, o contrarios entre sí, o de dudosa observancia; por lo que unos se omitían, otros no estaban en práctica y de otros se dudaba su obligación". En estas circuns– tancias nada le parece al Visitador más justo que formar unas Constituciones. Y, como el Obispo no lo puede llevar a cabo por _sí mismo, lo encarga "a un sacerdote sabio, virtuoso y adornado, por el largo trato anterior y espiritual de las mencionadas religio– sas, de todos aquellos conocimientos que son indispensablemente necesarios para su debida ejecución". Aunque no lo nombra, es claro que el sacerdote adecuado era el mencionado rector d,e Allo– za, don Ramón Crespo (10). Entre las disposiciones figura la de que el número de religiosas no pase de veinticuatro. Y para ello se fundan en los atrasos en que se ahoga el convento. Dos años más tarde, en 1807 (DDC), di– rá la abadesa que deben mil cuatrocientas libras jaquesas, cantidad elevada si se considera que las Constituciones recientes disponían qué el dote para la religiosa de coro fuese de quinientas libras ja– quesas. El rector de Alloza opina que la comunidad debe reducirse a veinte. Si no, siempre estará con atrasos y empeños, más o me- (10) Las Constituciones ,se escribieron el mismo año de 180.S. Durante mucho tiempo las -conservaron manus,critas, hasta, que las imprimieron en Al– cañiz, Ulpiano Huerta, 1863. El raro folleto de 91 página-a comienza con la Bula de Julio 11 al monasterio .de la Concepción d,e Toledo ; siguen los doce capítulos de la Regla y fas ,constituciones p,recedidas de una lar·ga exhortadón del P . .Santande·r fechada en Zaragoza a 28 de -setiembre de 1805. La· interven– •ción de la curia ha obedecido a la singular situación jurídica de esta casa, pues, "aunque por lo prevenido en este ,caJ)Ítulo cuarto ,de la Regla de la•s ,religiosas de la Concepción, están sujetas al General de la Orden del Padre Francisco, mas las de este con'Vlento de las Cuevas lo están al Ordinario, por disposición testamentaria del fundador. La,s primeras religio-sas prestaron obe– diencia al Ordinario el 8 de diciembre de 1,683. Alguno.s dato,s sobre la funda– ción de este conviento pueden verse en el carmelita R. A. FAcI, Hermo·sa azu• cena y estrella plantada y fija en el suelo y cielo del convento de la :Purísima Conce,pc.ión de la villa de las Cuevas de Cañarte, en el Reino de Aragón. .., Zaragoza, 1737. En las págs. 277-356· ofrece biografías o memorias de veintitrés religiosas aragonesas falleci-da,s allí.

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