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66 TARSICIO DE AZCONA creer que en caso de concederla su Santd. la conpondra de sugetos que combengan para la continuacion de su dictamen y esforzar mas su resolucion. Y considerandose que en el estado presente el medio mas proporcionado para ocurrir a los ynconbe– nientes que apunto, mantener la regalía de V. Mgd. y que esta Religion biua en la obseruancia y quietud que pide su ynstituto es el que en el ynterin que en la Junta que a resuelto V. Mgd. se forme de Teologos y Juristas se determina lo que se deue obrar en estas dependencias, no dé carta de execuatur [sic] para los dominios de V. Mgd. a los sugetos que fueren sospechosos y poco afectos al Real seruicio, me manda V. Mgd. lo execute, estando adbertido de que para que se bea que esto no es motiuo mio, sino en birtud de Real orden, a mandado V. Mgd. se partici– pe luego, como se ha ejecutato, esta resolu~ion al Nun~io en respuesta de su repre– sentazion y que lo es tambien de que se queda en animo de ha~er con fr. Juan francisco de Milan la demostrazion condigna y que cupiere en la regalía de V. Mgd. y tambien de que se mortifique al Padre Torrecilla, no pudiendo dejar de de~irme se ha hechado menos la respuesta que di al papel del Padre Milan, en cuya respuesta [borró: razon] deuo decir a V. Mgd. que al Padre Milan no le di mas respuesta que poner el papel suyo en las manos de su Santd. que le mando salir luego de esta Corte (como di quenta a V. Mgd. en 29 del passado) y remitiendo– me a lo que en aquella ocasion represente sobre Capuchinos, debo decir a V. Magd. que segun el estado de las cossas. de Italia es necesario que V. Magd. camine en esta materia con los resguardos mas combenientes, no dudando que encontrara con ellos la Junta que V. Magd. ha mandado formar para esta materia y yo obseruare puntualmente lo que V. Magd. se sirue de mandarme quanto a no dar cartas de Exequatur sino a los que fueren personas muy seguras. Y aunque su Santd. no me hablo en la audiencia de hayer en este particular, tengo entendido que con lo que le escriuio esse Nuncio esta suspenso, y reconoziendo el yerro que ha hecho en la elec~ion de General, pues no ay nadie que dude de ello, pero lo que oy combiene es que V. Magd. se sima de aplicar el remedio que corresponde a su Catholico ~elo para que no se acaue de perder esta Religion y los subditos de V. Magd. tengan anparo en las biolencias que reciuen del Padre Recanate y sus Reynos el sossiego que tanto ynporta, siendo para mi de suma estima– zion que V. Magd. se de por seruido de lo que he obrado en el Capitulo passado, poniendo juntamente en su Real noticia que el Cardenal Ciuo en materia de Capuchi– nos no solo a estado siempre conforme en mi. sentir, sino obrado con suma fineza, lo qua! refiero a V. Magd. por cumplir con mi obligazion. Nuestro Señor etc. [Verso:] t A S. M. Roma, El Marques del Carpio 21 de Agosto. Reciuida en 15 de Septiembre. Añade a lo que tiene escrito lo que se le ofrece en la materia de Capuchinos. [Añadido en Palacio:] Madrid 24 de septiembre. Que se aprueuen estas noticias y... se abra tomado resolucion en esta materia. Montealegre, Aragon, Osuna, Alua, Medinaceli.

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