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CAPÍTULO GENERAL DE LOS CAPUCHINOS (1678) 59 amenazas contra los religiosos leales. Hace referencia a los excesos del P. Torrecilla, a quien tenía emplazado ante la Congregación. Este religioso iba a Madrid, aunque, como definidor general, debía residir en Roma. Insinúa que se aplique la desnaturaliza– ción a quienes no votaron como fieles vasallos, Defiende las regalías de la corona. AGSimancas, Estado leg. 3128 sin fol. Señor mio. He guardado silencio desde q·.le llegue por escusar cartas al grauissi– mo empleo de V. Sa. Mas hauiendose celebrado el Capitulo General y salido tan de poca satisfacían como se sabe, no puedo dexar de dar quenta a V. Sa. de sus resultas, que son las que represente a su Magd. (que Dios guarde) y se esperan mas lamentables al comun juicio, hauiendo empezado en los desacatos de el Pe. Fr. Joan Francisco de Milan, que uendiendose aquí por Hijo o nieto del Sr. Ramos de el Manzano, se a trasportado tanto que ha perdido malamente el respecto al sr. Embaxador no solo con un uillete que anda publico por Roma, sino con el segundo, tratando su contenido con algunos Cardenales, como Lita, Rospillosi y Achayoli y prorrumpiendo en grandísimas amenazas, con hacerse muí valido de el sr. D. Juan y de los ministros de su Magd. en cuio nombre assegura muchos partidos y reparte muchas gracias, en cuío seguimiento se ua a Madrid, aunque aquella maña– na immediata a su partida lo hauia desterrado el Papa, leue mortificacion a tan graue culpa. Vale siguiendo el Pe. Torrecilla a titulo de que tiene negocio de el seruicio de su Magd. porque ha temido el que la S. Congregacion de Regulares le assiente la mano por sus grauissimos excesos, que si por mi Religiosidad los callé en essa Corte porque no tenia Juez competente, aquí han salido a luz y assombran a estos Jueces. Yo no he de salir de Roma hasta que concluía estas diferencias, ni el saldra de Madrid si su Magd. no lo hecha, porque teme de muchas maneras el boluer a Roma y es compassion que quando se han hecho tantas diligencias de orden de su Magd. para que la Diffinicion General resida en Roma, este Padre la quiera dissoluer, dexando aquí sus cinco compañerm: al remo y yendose él a la Corte, donde no hara más que inquietar a Ministros y alborotar Tribunales, despues de hauer puesto en confussion la Religion y hauer dado armas a los emulos de la Corona para que la inquieten, con conoscida perdida de la disciplina Regular y de toda buena disciplina. Señor mio, si a este Pe. que tan a cara vista ha perdido el respeto al Embaxador, al Pe. Milan y a los demas no se les da a sentir parte de la amargura que merecen sus descabelladas acciones, bien puede su Magd. no embiar aquí Embaxador, si no fuere de leño, para que sufra los desayres que le aguardan; todo el mundo esta a la uista para regularse; el Papa es el primero; los Embaxadores de las demas naciones y los frayles de todas las Religiones estan aguardando el Juicio que se hace de estos desafueros para hacerle hacia sus interesses; la materia es publica, ha sido escandalosa y es fuerte cosa que a los cinco frayles que digo a su Magd. y los de Napoles y Sicilia ayan de poner en com.promisso la autoridad de la Corona de España, la de su Embaxador y Virreyes y se han de quedar riendo, dexando

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