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50 TARSICIO DE AZCONA me podía hauer obligado a escriuir a España, como procuro que mis acciones sean gouernadas y predominadas de la razon, más que de la pasion (por la bondad diuina), no lo he querido hacer, ni lo hare ahora si V. E. restare seruido de mirar por el seruicio de Dios, de la Religion, del Rey nuestro Señor y de sus verdaderos vasallos. Mas queriendo V. E. tener inquieta la religion y a los vasallos de su Mgd. no podre excusar de defender la verdad, representando a su Mgd. y a sus Reales Ministros lo que ha passado desde que tube la dicha de vesar a V. E. las manos. Espero de la mucha prudencia y virtud de V. E. hechara de si a los que ban a V. E. con chismes y que quieren tener inquieta la Religion y que V. E. ha de ser el principal patrocinador que apatrocine mi religion. Dios guarde a V. E. como este su mas afecto y obligado capellan de V. E. dessea. De la celda, oy día del Espíritu santo y 29 de mayo de 1678. Exmo. Señor B.L.M. de V. E, su mas afecto y obligado capellan de V. E. q.s.m.b. Fr. Juan Francisco de Milan. Exmo. Sr. Marques del Carpio. [Verso:] Copia de papel que el Pe. fr. Juan Francisco de Milan, religioso capuchi– no, escriuio al Marques del Carpio en 29 de mayo de 1678. Para remitir a S. Mgd. con carta de el mismo día. 3 DELEGADOS CAPITULARES DE ESPAÑA A CARLOS II Roma, 1678 mayo 29. Versión de 14 capituÚlres hispánicos sobre lo ocurrido en el Capítulo General, celebrado dos días antes. Narran la reunión anterior con el embaja– dor y órdenes impartidas por el mismo. Se refieren a la maniobra del General y Procura– dor salientes, que consiguieron del Papa un breve restringiendo la elección a cinco religio– sos italianos. Piden formalmente la creación de un Comisariato General Apostólico para las Provincias de España. AGSimancas, Estado leg. 3128 sin f. t Señor. Cuando creíamos respirar en este Capitulo General por hauerse appli– cado nuestro Embaxador a preuenir los inconuenientes que amplificaban los mesmos que los causaban y porque les parecía que lo era el que el Pe. Fr. Francisco de Xerez concurriese a las elecciones mayores como sugeto mas graduado, dispuso él que cediese a ellas, aunque con graue dolor de gran parte de la Religion y en particu– lar de las Prouincias de España, y hauiendolo ajustado en esta forma y acordada la calidad de el numero de los sugetos que se haúian de elegir, nos dio el auiso y ordenes necessarios. Y quando por ser tan regulados creíamos que la justicia distri– butiua y la quietud de la Religion preualescerian, hemos visto lo contrario, dcxando– nos tan sin esperarn,a de remedio, como ya se esta reconociendo, pues no contentos los Pes. General y Procurador passados con hauer hecho la Diffinicion General

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