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EM (2002) CAPITULACIONES MATRIMONIALES ENTRE ALFONSO V E ISABEL DE CASTILLA 137 también mejorar las relaciones entre los hermanos, el rey de Portugal y la reina de Castilla. La reina Juana necesitó ampLos poderes de su marido para realizar la ges– tión y preparar las Capitulaciones Matrimoniales entre Alfonso V e Isabel de– Castilla3. El contrato se abre con los nombres de los contratantes y con sus intitula– ciones, siendo más numerosas y explícitas para Alfonso V que para Enrique IV, a quien llama tan sólo rey de Castilla. El portugués llama al castellano «mi muy apreciado y amado primo, hermano y amigo»; no cita su calidad de cuñado, implícita, al parecer, en la de «hermano». Se hace notar enseguida el alcance del acto: Se trataba de un contrato de casamiento del rey de Portugal con una infanta de Castilla, de una alianza espe– cífica para el momento que vivía Enrique IV y de una renovación de las paces generales entre ambos reinos. El contrato comienza con los datos de rigor: la fecha, Guarda 12 de sep– tiembre de 1465 y la alusión a los notarios y testigos, que garantizaban la escri– tura. Se recuerda que habían platicado en diversas ocasiones sobre el matrimo– nio del viudo y maduro rey de Portugal con la infanta Isabel de Castilla y sobre ciertas confederaciones y alianzas entre ambos monarcas y reinos. Sobre lo mismo quería platicar ahora y «sobre cierta ayuda requerida al rey de Portugal por Enrique IV contra algunos caballeros de Castilla que al presente eran des– obedientes y rebeldes al mismo». 3. EL PODER DE ENRIQUE IV A SU MUJER PARA LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES En tales contratos no podía faltar ninguna formalidad, por eso se transcribe el poder concedido por Enrique IV a su mujer, fechado en Zamora el 6 de julio de 1465. Dicho poder era muy completo en la intitulación y en la descripción de los apuros y necesidades que sufría el castellano a causa de la desobediencia y 3 Este poder se halla incorporado al notable documento que analizamos y se halla original en AGSimancas. PR 49-39. Era conocido y había sido publicado en Col. Diplomática de Enrique IV, n° 128 pp. 503-514, aunque con deficiencias. Su paleografia es difícil y está escrito todo el documento en portugués arcaico. Nuestra edición está respaldada por la supervisión que mediante el Prof. Dr. Manuel Augusto Rodrigues realizó la expertísima Prof. Dr. María Teresa Nobre Velo– so, ambos del Arquivo da Universidade de Coimbra. Vaya para ellos nuestro mayor reconoci– miento.

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