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CAPÍTULO GENERAL DE LOS CAPUCHINOS (1678) 355 tación del embajador en Roma, canalizador de la misma, sobre todo en el tema de los capuchinos. El 3 de diciembre de 1678 escribía el virrey a todos los provinciales del reino, ordenándoles que no admitieran a los superiores electos en el capítulo del mes de mayo, ni a sus visitadores o comisarios, dándoles cuenta del destierro de cinco cabecillas, como alusión fantasma y de intimidación, y el mandato de no celebrar ningún capítulo provincial sin su conocimiento. Debían comunicar estas órdenes a cada con– vento y éstos, a las autoridades del lugar 10 • Esta disposición virreinal fue aireada no sólo en Roma, donde "causo mucho ruydo", sino en otros círculos de Europa, por referirse a una interfe– rencia directa en cuestiones eclesiásticas, provocó la reunión de diversas juntas en el Vaticano y condicionó la marcha de los acontecimientos en no pequeña medida, tanto más que retrasaba también el envío de granos a Roma y de vino para los cardenales. 3. Acción diplomática del nuncio en Madrid Hemos aludido más arriba a las noticias que le enviaron sobre el capítu– lo en cuestión y que él las pasó a la corte. Pero la celebración del mismo haría recaer sobre él una preocupación suplementaria de mucho calibre, ya que durante casi dos años las cosas de los capuchinos alcanzarían una com– plejidad impensada. Buena prueba de la intensidad de la negociación es la veintena de cartas y avisos enviados desde Madrid por S. Millini al secre– tario de Estado, cardenal Cibo, entre el 7 de julio y el final de 1678 11 • La acción capital de la· diplomacia del :mncio se refirió a poner coto a la intervención de la corona y sus ministros en asuntos de religiosos, que en Roma era entendida como usurpación de jurisdicción, con quebranto de la inmunidad eclesiástica, y desde la corte se veía como defensa de los derechos de la corona y de la razón de Estado. He aquí los puntos culminan– tes de la acción del nuncio: a) Conocida la orden dada a Carpio de no conceder el exequatur, me– diante billete de Pedro de Aragón, se personó en palacio y representó que se trataba de una verdadera injerencia en el gobierno de los regulares. Habló con Aragón y con don Juan de Austria y analizó con ellos las turbulencias causadas por religiosos, sobre todo capuchinos. Sacó en conclusión que la 10 AGS Estado, leg. 3129, sin f. 11 Este rico bloque de documentación se halla en ASVat. Segretaria di Stato, Spagna, vol. 151, y es necesario compararlo con ASVat. Nunz. Madrid, vol. 4, ya que son fondos correlativos.

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