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CAPÍTULO GENERAL DE LOS CAPUCHINOS (1678) 389 20 EL EMBAJADOR MARQUÉS DEL CARPIO A CARLOS II Roma, 1678 octubre 30. Se da por enterado del destierro de los religiosos culpados y de no recibir en los dominios reales a los superiores nombrados en el capítulo general. Representará todo esto al papa y pedirá nueva congregación de cardenales y que el P. lea pase a Sicilia. Piensa que el destierro será conveniente y servirá de e;emplo. También ha sido muy prudente negar la entrada a los nuevos superiores. Representará al papa cuanto se le encarga. El cardenal Cibo actúa finamente en las cosas de los capuchinos. Varios religiosos de Mesina via¡an a Madrid. AGSimancas, Estado leg. 3129 sin fol. [Margen: El Marques del Carpio, Roma 30 de octubre 1678]. t Senor. Mandame V. Mgd. adbertir por su Real Despacho de 1 ° nde este la resolucion que ha ssido seruido de tomar de mandar hechar las temporalidades a los Padres Torecilla (sic), Fr. Juan Francisco de Milan, Fr. Antonio de Fuentela Pena, Fr. Francisco de Balbastro y Fr. Francisco Maria de Mec,:ina, Religiosos Capu– chinos, enbiando las ordenes necesarias a los Virreyes y Gouernadores para que no sean admitidos en los Dominios de V. Mgd., como tambien las ordenes que V. Mgd. ha mandado remitir a todas partes para que no se admitan los superiores nombrados en el ultimo Capitulo General de esta Religion y lo que se ha dicho al ·Nuncio para que haga ejecutar la salida ce los religiosos referidos y lo que el Nuncio hauia escrito a Don Pedro de Aragon sobre que los desordenes que hauia en las religiones probenian de mezclarse los seglares en su gouierno, preuiniendome V. Mgd. de lo que deuo representar sobre este particular al Papa y que se dilataria la respuesta al Nunc,:io para que pueda yo antes tener prebenido el Santo animo de su Santd. Y tambien me participa V. Magd. el hauer resuelto que pida yo la congregación de Cardenales para el remedio de la misma religion de Capuchinos, ordenandome procure que Fr. Joseph de lea pase a gobernar las tres prouincias de Sicília por el ynmediato conocimiento que tiene de aquellas cossas y el que se tiene de su religioso proc,:eder y buen Celo al seruic,:io de la Corona, en cuya respuesta debo decir que la resoluc,:ion que V. Magd. ha tomado sobre desterrar a los religiosos ya nombrados a ssido de gran combenienc,:ia al Real seruic,:io de V. Magd. y que seruira de ejemplo a los <lemas para lo que deuen obrar. Tambien tengo por muy prudente y hacertado lo que V. Mgd. ha mandado de que no se deje entrar en sus Dominios los Superiores nombrados en este Capitulo General, pues cada hora se hallan razones mas fuertes que hacen mas hacertada la resoluc,:ion de V. Mgd. y necesario el mantenerla firme. Deuiendo decir a V. Mgd. que hauiendo introduc,:ido en el tiempo que fue Procurador General el Padre Recanate el Secretario de nac,:ion Frances no solo ha hecho continuar esta costumbre haora, pero traido el nuebo General por su Secretario otro franc,:es, cosa muy escan– dalosa-, y que en estos dos puestos y en todos los del difinitorío General no ay

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