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270 TARSICIO DE AZCONA, OFMCAP. de dicho secretario y expedido a la provincia y a otros posibles destinatarios sin mayores formalidades del consejo real. Sirvan estas escuetas líneas para presentar el texto. Por ahora, lo damos a conocer en apretada síntesis, casi sin comentarios, junto con la edición crítica del mismo. Siempre con la aspiración de ilu– minar la historia enriqueña y la isabelina con luces nuevas (5). lNTITULACION Como en documentos similares, la carta misiva comienza con una intitulación muy completa; no es necesario repetirla en este lugar. En cambio, conviene anotar que en dicha intitulación no aparece el nombre de Guipúzcoa, ni entre los reinos, ni entre los señoríos. El dato es muy sugerente y ha sido tenido en cuenta en estudios modernos. En el más reciente de todos, muy meritorio y documentado, se afirma que la intitulación de «rey de Guipúz– coa» o similar dataría probablemente de 1457 y sería el colofón de la pacificación de la provincia; en concreto, se citan cinco cé– dulas que contienen tal intitulación, siendo mucho más numerosos los casos en el reinado siguiente (6). Por nuestra cuenta podemos añadir la cédula de 20 de diciembre de 1466, en la que Enrique se intitula rey de Guipúzcoa y la de 16 de octubre de 1468, en la que se llama rey «de la prouern;:ia de guipuscoa» (7). En cambio, no sólo en la carta que estudiamos, sino en una docena de cartas que hemos manejado, todas del archivo de Tolosa, no consta ninguna referencia a Guipúzcoa en la intitulación. Queda abierta la cues– tión para aducir más pruebas. Incluso será necesario ver intitulacio– nes de cartas del príncipe Alfonso y de Isabel para ver cómo tra– taban a la provincia. Parece que no existía norma fija en la can- (5) Al escribir la biografía de Isabel la Católica seguimos el criterio, no la obsesión, de dar preferencia a la documentación sobre las fuentes na– rrativas. A estas alturas seguimos el mismo criterio; el constante estudio en los archivos nos confirma en el mismo, no obstante que se hubieran escanda– lizado entonces algunos estudiosos, que merecen todo nuestro respeto. (6) L. M. DIEZ DE SALAZAR - M. R. AYERBE IRIBAR, Rey de Guipúzcoa. Una intitulación diplomática perdida (siglos XI-XVI, en BRSBAP (San Sebas– tián, 36 (1980) 239-273. Había hecho mención del problema la eximia diploma– tista M. SOTERRAÑA MARTIN POSTIGO, La cancillería castellana...,p. 21-22 con bibliografía pertinente. (7) Arch. Prov. Guip. Sec. 1, Neg. 11, Leg. 16 y Arch. Prov. Guip. Sec. 1, Neg. 6, Leg. 15.

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