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2. Rogaba encarecidamente a la misma que mirase y tuviese cuidado, «como la que es Patrona, fundadora y amparo». 3. A fin de que cumpliese dicho patronato le dejaba dos cen– sales: Uno de 1.000 y otro de 750 escudos de propiedad, que Pra– dilla tenía sobre la misma ciudad; entre ambos darían 89 escudos de renta al año. 4. Ambos censales debían ser debidamente calendados y con su renta debían acudir «todos los años in perpetuum» a los frailes, para el mantenimiento de iglesia, convento, huerta, sacristía, com– pra de libros, cuidado de enfermos, vestido de los frailes, para mantas y cualquiera otra necesidad de los mismos. 5. Era su voluntad que se les diese de limosna para «pescado de abadexo para las tres cuaresmas que tienen; lo que dixere el P. Guardián o Presidente de dicho Convento que ha menester». 6. Dejaba todos estos bienes por vía de limosna voluntaria, en la cual los frailes no tenían ningún derecho ni acción, «sino que de ellos sea limosna puramente voluntaria». 7. Atendiendo a la pobreza y desnudez de los frailes, confiaba en que el ayuntamiento les socorrería todos los años para dichos efectos. 8. Caso de que, en algún año, no se emplease en el convento toda la limosna, «lo qua! no es creible», ordenaba que fuese em– pleado lo sobrante en el Hospital Sancti Spíritus de Borja, «al qua! doy derecho y acción para cobrarlo». 9. Si los capuchinos quisieren renunciar a dicha limosna, «digo que no tienen para qué, pues no tienen ningún derecho ni -70-

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