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tiempo en dicha sepultura. Los capuchinos qms1eron que quedara claro este asunto. Estando reunido el capítulo, el viernes 8 de no– viembre de 1624, «vinieron dos frayles capuchinos a pedir licencia para salir al responso y entierro, digo a llevar a ombros a la muger de Juan de Pradilla, como fundadora del convento y pidieron licencia para ir en processión con el Clero los demás frayles que quedassen, más de los seys que hauían de lleuar a ombros» 23 • El capítulo encargó al canónigo Exea que tratase con el P. Guardián sobre la costumbre que tenían de enterrar a los fundado– res. Se cumplió el trámite y el capítulo dio la licencia. Más aún, para evitar cualquier dificultar posterior, se interpuso otro acto sig– nificativo. Estando reunido el cabildo el 15 de noviembre de 1624, «el Padre Guardián de los Capuchinos y Juan de Pradilla en– traron en Capítulo y suplicaron se sirua el Capítulo dar licencia por escrito ( orig.) para que siempre y quando muriese Juan de Pradilla se pueda enterrar en los capuchinos como bienhechor de– llos. Tratóse y se hallaron muchos inconuenientes de dar dicha li– cencia, como la piden, porque con el título de bienhechores po– drían cada día pretender muchos enterrarse... Y assi se dio licencia que pues dizen es Patrón, por quanto ayuda mucho a la fábrica, la Yglesia da licencia para que se entierre Juan de Pradi– lla como Patrón de dicho Conuento y no de otra manera, y esto con resolución que no dará la Yglesia licencia otra, sino ésta para el dicho y para su muger Gracia de Rada, que es ya diffunta» 24 • 23 De rebus gestis Capituli. f. 288 r. Sin duda que los frailes pedían licencia con antela– ción, para cuando llegase el día del traslado a su iglesia ya terminada. 24 !bid. fol. 288 r. El pasaje prueba que la colegiata defendía a rajatabla sus prerrogati– vas, usos y costumbres, en todo, pero sobre todo, en materia de exequias. -60-

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