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rapidez, siguiendo los pasos escalonados de Comisariatos y Custo– dias, según la legislación de la Orden ll. 2.1. La expansión de los capuchinos en Aragón · Con la muerte de Felipe II terminó la política prohibicionista para la expansión de los capuchinos en España. La documentación no puede resultar más feliz: A una carta de Felipe III, de 7 de abril de 1599, respondía el arzobispo de Zaragoza, Alonso de Gregario, Caspe 27 de abril de 1599, cuando los frailes le habían pedido li– cencia para extenderse por todo el reino: « Yo no los hauía tratado hasta de un año acá, que vinieron a esta ciudad. En todo este tiempo han procedido muy bien, y con gran exemplo y edificación del Pueblo. Y aunque no confiessan, me parecen útiles por ser gente muy mortificada, de mucha oración y prouechosa para ayudar a bien morir... y al parecer dan poca pe– sadumbre. Y assi me persuado que no errará V.Md. en hazerles la merced que piden, como sea para lugares grandes y populosos y con buen número de frayles, aduirtiendo a los Prelados, que no les den licencia de otra manera, porque me dizen son amigos de fun– dar muchos conuenticos y donde quiera que hallan entrada» 12 • Esta y semejantes recomendaciones abrieron a los capuchinos las puertas de Aragón. He aquí la cronología de las fundaciones: Zaragoza, 1598; Tarazana, 1599; Calatayud, 1600; Huesca, 1602; Caspe, 1605; Barbastro, 1608; Alcañiz, 1612; Epila, 1621; Borja, 1622; Ateca, 1623; Fraga, 1624; Aranda, 1625; Ejea de los Caba- 11 Veánse las nociones elementales en Lexikon Capuccinum. Romae, 1951. Comisariatos col. 431 y Custodias cols. 483-485. 12 Publicamos este importante testimonio en «Documentos sobre la formación de la cus– todia de capuchinos de Navarra y Cantabria». Est. Franc. 86 (1985): 59-208, pág. 113. -54-

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