BCCCAP00000000000000000000985

Las cosas de los Capuchinos en el siglo XVII 369 cion y dé a entender en eHa todo lo que ha pasado y tiene compre– hendido de estas materias, procurando muy eficazmente se aplique con la mayor promptitud al remedio de que nec;:esitan, pues si no se diese prouidencia a ellas, s·e hallara V.Mgd. obligado a procu– rarlo por los terminas que le es permitido. [45] Tiene la Junta por conveniente pase a Gouernar las Prouin– cias de Sicilia fra Joseph de Yca por las causas que preuiene fray Juan Baptista de A!li, su conocimiento y experiencias de aquellas cossas y la que -se tiene de su Religioso prozeder y mucho zelo del seruicio de V.Mgd., calificado por los primeros Ministros de Ytalia y otras personas, a cuios informes se deue diferir sobre que se podra imbiar orden al Marques del Carpio para que lo procure disponer y encaminar en la forma que le pareciere. [46] Y quanto a la instancia que hazen en su Carta los Prouincia– les y Custodios de Castilla, Aragon, Cathaluña, Valencia, Nauarra y Andalucía, sobre que se procure en Roma la ereccion de un Comissario Apostolico vassallo de V.Mgd. para estas Prouincias, no siendo esto tan ejecutiuo, reserua la Junta para adelante el repre– sentar a V.Mgd. lo que acerca de ello se le ofreciere. V.Mgd. man– dara lo que mas fuere seruido. [Signos de los componentes de la Junta]. Em Madrid a 8 de septiembre de 1678. [Verso:] t Madrid a 8 de settiembre de 1678. Acordose en 5. La Junta sobré dependencias del Capitulo General de Capuchinos. Representa lo que s,e le ofrece con vista de los papeles desta ma– teria que V.Mgd. ha sido seruido de remitirle. [Signo del secreta– rio]. De otra mano: Volvio en 18. [47] [Decisión regia: ] Lo mas conueniente fuera, como la Junta dice, que reuocandose todo lo obrado en el Capitulo, se celebrase otro de nuevo. , Pero reconociendose la imposibilidad que. esto tendría de con– seguirse y mucho mas de executarse en el acto pratico, no tengo por conueniente se ahle en ello, ni aun por insinuacion. Y bastara se encargue al Marques del Carpio que en ocasion oportuna dé a entender a su Santd. la disonancia que me ha hecho que hauiendo su Santidad fiado al Marques los motiuos tan justos que tenia para excluir a los sugetos que refiere, tan inmeditamente ·los incluiese eh el Breue que expidio para la eleccion de los oficios y que fuesen nombrados en los primex:os de la Religion. En todo lo demas me· conformo con lo que parece y respeto de que el nuncio se tiene entendido esta llano a executar 1o que se 1e aduirtiere en orden a hechar destos Reinos a los sugetos que se dice, se podra disponer por su mano, si la Junta no hallare in-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz