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326 Tarsicio de Azcona Desde otra perspectiva las asambleas trazan un constantinismo eclesiás– tico, caracterizado por el privilegio, el fasto exterior; nimbado de inmunidad, fuero y libertad; por la sacralidad católica de la sociedad y la exclusión de toda otra confesión religiosa. Ahora bien, parece que ni las asambleas, ni los obispos del tiempo tampoco pensaron en los flancos que quedaban al descubierto: la imagen primigenia de iglesia, la independencia frente al poder político y la calidad de la reforma muy conseguida al desterrar abusos, pero hermética a otras exigencias en la forma de ser cristiano. No nosotros, sino · clarividentes profetas del tiempo vieron los fallos de semejante sistema constantiniano. Somos conscientes de que estamos resumiendo mucho el tema. Tenía otros muchos aspectos, aunque vamos a someter a análisis los dos siguientes. Predestinacionismo de la monarquía hispánica Las asambleas rezuman elogios subidos para los monarcas hispánicos: Isabel y Fernando, el emperador y Felipe 11. Imposible traer a colación dichos encomios. Pero sea permitido no silenciar todos. En 1572, palpando las dificultades que rodeaban a la cristiandad, la asamblea piensa que Felipe es el único ojo que le queda a la cristiandad para seguir el rumbo sin hundirse. En 1587, en carta al Papa Sixto V, la asamblea notifica la ejemplaridad del clero, gracias en buena parte al rey, «qui suo divino iudicio et religione Episcopum agat et orones presules sui muneris admoneat» 51 . La frase parece una perla cultivada en boca de aquellos sesudos varones que reconocen que el rey hace de obispo y estimula a los obispos a cumplir las obligaciones conciliares; todo con juicio divino y religión. Era un subido encomio, y bien comprometedor. En esta línea abundan los testimonios sobre la predestinación de la monarquía hispánica para salvar a la cristiandad. La citada asamblea de 1572 recordará al_ rey que es una merced que Dios Je hace, queriéndole sólo en la defensa de la religión cristiana y dándole victorias constantes. Cualquiera observa la contradicción de las asambleas: Son ellas las que fabrican el mesianismo regio, y son ellas las que ponen el grito en el cielo cuando sienten sobre su inmunidad las cargas económicas impuestas por la corona y sobre su fuero, la jurisdicción del rey y de los ministros. Hay más: serán las asambleas pregoneras magníficas de la corona en las manifestaciones hacia el exterior; pero elevarán duros agravios cuando sufran el peso de las contribuciones. El preconizado constantinismo no resolvía la situación, se prestaba a aquellas y a otras más graves contradicciones, lo mismo que ocurrió en el siglo IV. 51 «Episcopum agat» puede quizá compararse con el «Episcopus exterorum» atribuido a Constantino. Puede también tenerse en cuenta que el nuncio Castagna abrió una información en tiempo de San Pío V para probar si entre los jerónimos se defendí-a la tesis de que «en España el rey era Papa». La información no pasó a cosa juzgada.

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