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538 Tarsicio de Azcona documento, el notario retomará este elemento para declarar su validez como testamento, como codicilo o como última voluntad, siempre según el fuero de Aragón. 9. Entre las cláusulas iniciales religiosas, el notario no consignaba ninguna especial, en la que cada otorgante pudiera expresar los sentimientos personales de su espiritualidad, ni objetivos ni subjetivos. A todos se les mide por el mismo rasero, con una frase general breve para encomendar el alma a Dios Creador. El notario no muestra ninguna condescendencia con el novicio para que pudiese dejar constancia sobre sus rasgos espirituales franciscanos o sobre sus intenciones personales. 10. El lugar del enterramiento no faltaba nunca en los testamentos civiles, so pena de ir a parar a alguna cisterna o pozo público, situado cerca de las iglesias parroquiales. Los novicios iban adoctrinados en éste, como en otros muchos puntos del testamento. Querían ser enterrados como, los demás frailes, eso sí, "con la debida decencia". Muchos añadían también la alusión a las exequias, es decir al levantamiento del cadáver y misa exequial, así como a lo sufragios del novenario y al cabo de año o aniversario. Este dato estaba reglamentado en los usos y costumbres de la Orden, sin embargo era recogido en los testamentos para reforzar la igualdad de todos. Es un elemento al que se da importancia en los testamentos civiles, pero agrandado, según la posición social del fallecido. 11. No falta en ningún testamento la disposición de pagar las posibles, deudas, que también llama tuertos; este dato era imprescindible para la institución, Orden o Provincia, a fin de no cargar con las posibles deudas del novicio. 12. Nunca falta tampoco alusión a otro elemento propio del fuero de Aragón: la legítima, o parte de la herencia correspondiente a los familiares más cercanos. Este uso tenía como motivación evitar pleitos en los derechos de herencia. Los novicios capuchinos solucionaron de manera uniforme este capítulo, asignando cinco sueldos dineros jaqueses por bienes muebles y otros cinco por bienes sitios o inmuebles, a cada uno de sus familiares, con el mandato de quedar todos contentos. En no pocos casos, el novicio hace partícipe de esta legítima también al superior del convento e incluso a los frailes del mismo. 13. Siguiendo el espíritu y la letra de la regla de san Francisco, los novicios recuerdan siempre a los pobres al otorgar sus bienes; lo

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