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La Ciudad de Zaragoza en la corona de Aragón preparada· por Adriano y Sauvage; ésta debía ser entendida a la letra, sin extensión, interpretación o declaración alguna 20 • Pareci– das quejas elevaron los diputados al cardenal Adriano por medio de micer Muñoz 21 • El inquisidor les contestó buenas palabras para aplacarles y envió al mismo tiempo a los inquisidores órdenes taxa– tivas: Por una parte, debían cumplir la bula de León X, pero sin renunciar al estilo y observancia del procedimiento inquisitorial, acostumbrado en los tribunales. Por otra, les exhortaba a proceder en lo criminal y en lo civil con rectitud y sin desorden, a fin de que los diputados ni nadie tuviera motivo de queja, "que por esta via todos se afi<;ionarán al santo ofic;io y a sus ministros" 22 • Adriano adelantaba algunos remedios para conseguir el favor del pueblo: Organizar buenos sermones sobre la fe, celebración de un auto de fe, aunque fuesen pocos los reos; predicar que la bula no contenía "lo que algunos quieren dezir cerca desto" 23 • En resumen, aunque León X hubiese confirmado el bloque de agravios elevado por las cortes de Zaragoza, la práctica inquisitorial debía proseguirse a la luz de la cédula interpuesta por el rey y no a la luz de la denuncia de las cortes, como pretendían los dipu– tados. No costó tanto revocar el breve pontificio en el caso de Martín de Sada. El proceso contra él se había iniciado en Zaragoza, aunque pertenencia al ordinario de Huesca. Del tribunal de Zaragoza pasó al inquisidor general. Mientras tanto, Sada se movió en Roma por medio de valedores y consiguió un breve prohibiendo a los inquisi– dores ocuparse del mismo. El obispo de Huesca llegó a excomulgar a los inquisidores, que habían tratado el caso. La situación no podía ser más bochornosa. Adriano requirió a ambos ordinarios para que abandonasen el proceso 24 y absolvió a sus súbditos, al menos como cautela, de cualquier pena canónica 25 • Otros problemas menores enfrentaron también a los diputados con ministros de la inquisición. Así, por ejemplo, la intromisión de éstos en causas que caían fuera de su competencia. Citemos las coacciones contra los guardas que cobraban los derechos por la 20 Bruselas 1520, sept. 16, ADZ Reg. 113, f. 46 r. 21 Se desprenden de las respuestas de Adriano, Valladolid 1520, julio 17, en AHN Inquisición, Libro 317, f. LI r. 22 Adriano a arzobispo de Zaragoza, Valladolid 1520, julio 18, en AHN Inquisi- ción, Libro 317, f. LII r.; carta a los jurados, de igual fecha, lbid. 23 AHN Inquisición, Libro 317, ff. CXLVII v - CXLVIII rv. 24 AHN Inquisición, Libro 317, f. 70 rv., Valladolid 1520, agosto 4. 25 Valladolid octubre 9, en AHN Inquisición, Libro 317, f. LXXXXI rv. 38

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