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Zudaire Huarte, Claudia: Organerías IX. Provisión de Organista en Urnieta (s. XVIII-XIX) Se juntaron corno tienen de uso y costumbre de tiempo inmemorial corno ayuntamiento general los señores dn Miguel Domingo de Zatarain y Belaundia, dn Miguel Joseph de Berrobi y dn Miguel Antonio dei Atorasagasti alcalde y regidores de la misma con quienes el presente año se compone su justicia y regimiento pleno; dn Joseph de Zuza síndico, procurador general, dn Juan Miguel de Erauso, dn Juan Bta de Zaldías, dn Nicolás de Barcaiztegui, dn Juan Bta de Azarraga, dn José Antonio Arruizabal, dn Miguel de Barcaiztegui Porcheta, dn Manuel Antonio y dn Juan Antonio de Larburu, dn Joseph Angel de Aincizu, dn Juan Bta de Belaunzaran Azconobieta, dn Juan Erauso de Achúcarro, dn Joseph Antonio de Alrnorza y dn Manuel Joseph de Belaunzaran Erauso, tod::is vecinos concejantes de voz y voto de esta dicha villa y la mayor y más sana parte de los que al presente residen en ella prestando por los ausentes voz y caución de rato grato conforme dijeron que habían por firme todo cuanto en esto se tiene y obrase con su expresa obligación de hacer de sus propios y rentas ... Que por fallecimiento de dn Jn. Bautista de Martija presbítero, vecino que fue de esta dicha villa que se verificó la noche del día 3 del corriente se hallan vacantes empleos de sacristán y organista de la parroquial de san Miguel del mismo, de la que es patrona única mere laica! esta dicha villa a que privativamente toca y corresponde su provisión y nueva presentación de ambos empleos que se hallan unidos y con aprobación del diocesano (¿) de este obispado colada y detallada en la congrua sustentación y emolumentos para la decente manutención de un sacerdote que precisamente debe ser el que ha de poseer amos empleos a cuyo título fue ordenado presbítero el referido Martija, por tanto dichos señores vocales como únicos representantes de esta dicha villa de Urnieta, en nombre de ella como patrona única de su citada iglesia parroquial, usando de su derecho y acción en virtud del presente instrumento y su tenor en la vía, modo y forma que mejor pueden, y más firme sea de un acuerdo y uniforme conformidad todos nombran :iresentan y eligen por sacristán y organista de esta dicha iglesia parroquial a dn Joseph Joaquín de Arizmendi, clérigo de primera tonsura, natural y vecino ce esta misma villa de Urnieta, único presentado a dichos empleos. Por concurrir en el todas las buenas partes y cualidades que se requieren para su obtención: Una vez más, se hace caso omiso de la disposición formal de la Concordia sobre el derecho de elección de los siete electores nombrados para ello. El candidato, tenía, a la sazón, 17 años de edad. "En 13 de marzo de 1785, a las cinco y media de la tarde nació y al día siguiente bauticé a José Joaquín hijo legítimo de Domingo de Arizmendi y María Carmen de Belaunzarán, naturales de esta villa, siendo padrinos dn José Joaquín de Arizmendi y Isabel de Belaunzarán, vecinos de esta Villa, a quienes advertí el parentesco espiritual y la obligación de la doctrina. Es nieto por línea paterna de Francisco natural de esta Villa y María Catalina de Beldarrain de la de Andoain. Y para que conste firmé dn Juan Bautista de Adarraga. El fiscal no estaba conforme e impugna el nomt:ramiento porque la Concordia de 1751 advierte que la provisión de organista ha de hacerse después de que el candidato haya obtenido la aprobación del Maestro de Capilla de la Catedral de Pamplona. Y no lo ha hecho. Un año más tarde todavía el fiscal exigía el cumplimiento de esta disposición. Arizmendi había conseguido un dictamen favorable del organista de san Nicolás de Pamplona: Confieso yo el abajo firmante, organista de la iglesia parroquial de san Nicolás de esta ciudad que dn José Joaquín de Arizmendi, tonsurado natural de la villa de Urnieta, sacristán que me expuso ser, presentado con carga ele organista de la iglesia Musiker. 14, 2005, 239-256 253
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