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LAS BARBAS CAPUCHINAS: PODER. MONSTRUOSIDAD E HIPOCRESÍA 377 uso de la barba en integrantes del clero secular y regular. Se determinó que los clérigos «no criassen la barba, ni el cabello»21 con la finalidad de adaptarse a los modelos de decoro de la sociedad medieval. En el IV Concilio de Toledo [663], dirigido por el obispo Isidoro de Sevilla y en presencia del rey visigodo Sisenando, entre otras cosas se exigió que los clérigos llevaran la barba raída porque para los árabes el pelo en el rostro era símbolo de dignidad y ocupaban mucho tiempo en su cuidado". y en el canon tercero del Concilio de Coyanza [1050] se fijó una multa pecuniaria de sesenta sueldos para el Obispo y sus- pensión del ministerio para el presbítero o diácono que llevara «armas, barba, cerrada la corona, vestido de color, ó tenga en su compañía mujer, que no sea madre, madrastra, tia o hermana»:". Así, como hemos dicho, la crianza de la barba no fue la moda imperante de la Europa medieval. En cambio, la dejación de la barba y todo crecimiento capilar sin ningún cuidado, estaba relacionado con la gente indigna [pordiose- ros, locos, etc.], con los brutos y salvajes o con el espíritu anacoreta que poco representaba a la ekklesia universal que se pretendía desde el ascenso al poder del cristianismo durante el declive del Imperio romano de occidente. Además, con el advenimiento de las incursiones musulmanas en Occidente, particular- mente en la Península Ibérica, la barba fue considerada como un atributo de los moros, quienes eran calificados como «una especie de salvaje, mal vestido, cetrino, con mucha barba y desaliñado, estúpido y feroz en su trato, ladrón, asesino sin fe y sin probidad, gran matador de Cristianos, intolerante y destructor de todas las cosas religiosas y aún á los principios comedor de carne humana»?". [Las cursivas son nuestras] La prohibición del uso de la barba por parte de los ministros y religiosos eclesiásticos fue confirmada siglos después por León X en el quinto Conci- lio de Letrán [1512-1517], principalmente porque se buscaba diferenciar a la religiosidad católica occidental que «tenía por vileza el traer barba»25, de la Iglesia griega ortodoxa, de los coptos, de los judíos y «las demas naciones [que] acostumbraban a traer barba con tanto aprecio, que juzgándola insignia propia de varones, tenia por accion torpe, y afeminada, ó quitarla de todo punto, ó cortarla con demasías ". El dictamen del Concilio de Letrán no fue recibido 21. Leandro de Murcia, Questiones selectas regulares, y exposición sobre la Regla de los Frailes Menores en que se tratan, y resuelven casi todas las dificultades que pertenecen al estado de todos los Regulares [... ], Madrid, 1645, pág. 151. 22. Vicente de la Fuente, Historia eclesiástica de España ó adiciones a la Historia General de la Iglesia escrita por Alzog [... ], Tomo 11, Barcelona, 1855, pág. 170. 23. Ihidem, pág. 533. 24. Estas palabras fueron escritas en el siglo XIII por el obispo de Jaén, Pedro Pascual (después santo) en su obra contra Mahoma. La cita la hemos extraído de ibidem, pág. 75. 25. Leandro de Murcia, Questiones selectas ... , op. cit., pág. 151. 26. Zacarías Boverio, Primera parte ... , op. cit .. pág. 122.

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