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CONDICIONES REQUERIDAS EN LOS CANDIDATOS 65 tal que no se trate de uno que dolosamente intentase ocul~ tar una enfermedad que, descubierta, con justicia le hubie~ ran prohibido entrar en Religión, como veremos en seguida. 4) Carecer de impedimentos, Los impedimentos pueden derivarse del derecho natural o del canónico. 1. IMPEDIMENTOS QUE SE DERIVAN DEL DERECHO NATURAL 1) Los que tienen perturbada la razón. 117 Siendo el estado religioso un estado de elevada per~ fección, que debe ser abrazado libremente, a causa de las gravísimas obligaciones que impone, es imposible que un alienado pueda ser admitido. ¿Afecta a la validez o a la licitud este impedimento? Cierta– mente a la validez para aquéllos que han perdido el uso de la ra– zón, como son los locos, los monomaníacos, si la idea fija que les obsesiona llega a perturbarles totalmente el uso de la razón, los idiotas ... Aquéllos que habitualmente no tienen perturbado el uso de la razón, no conviene que sean admitidos; tales son los semifatuos, los coléricos, los sanguíneos, los flemáticos, los hi– pocondríacos. Pero si han sido admitidos; su admisión fué válida. 2) . Los que tienen obligaciones de derecho natural. Tales son las obligacíones de piedad hacia aquéllos que tienen derecho a ser socorridos por el postulante. Pero como este impedimento lo toma en cuenta el derecho canónico, hablaremos de él luego. c) Los que obligaciones de justicia. Estas obligaciones pueden ser de orden espiritual o tem– poral. Pero como también de éstos se ocupa el Código, los estudiaremos en su lugar. 2. IMPED!Mh-w_TOS DERIVADOS DEL DERECHO CANONICO Son 14: ocho para la validez y seis para la licitud. A éstos se suman otras condiciones o disposiciones exigidas por el Código, pero que no revisten la naturaleza de impe– dimentos (39). (39) ce. 542 y 544. ¡;¡
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