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Castidad: su excelencia, ?'19. Castigos para tutelar la disciplina regular, 693. Celebrar la misa fuera de un lugar sagrado, puede permitirlo el Superior Mayor, 572, 17. Cepillo para las limosnas: si puede haberlos en nuestras iglesias, 389, 9. Censuras: noción, 505; quién puede imponerlas, 505; y absolv,erlas, véa– se ABSOLUCION. Cesación de los votos y salida de la Religión: cuándo uno puede ,consi– derarse expulsado, 266; no puede exigir nada, 267; cuándo uno que– da fuera del estado clerical, 269.. ¡ Ciencia: obligación de conocer nuestra legislación, 55. Clara (Sta.), Su Regla, 11. Clérigos: su admisión al Noviciado, 130, 132; si quieren pasar a legos, 182; si no son aptos pára el estudio, 280, 289; cuál debe ser sú ocu– pación, 412; puede obligárseles al trabajo manual y a pedir limosna, 411. Clase de clérigos y legos: cuando uno quiere cambiar de clase, 181; for– malidades que exige el cambio, 182; cómputo del trienio de profesión simple que debe preceder a la solemne, 214. Clausura: Noción, 725. - De los monasterios de monjas, 276; su extensión y quién pue~ de establecerla y cambiarla, 727; si está prohibido ir a sus locutórios, 723; quiénes pueden entrar en monasterio de monjas, 728 y 570, 10; normas especiales para los confesores, 729; administración de la sa– grada comunión, 730; penas contra los transgresores, 732. - De los conventos: casas que deben tenerla y quién puede seña– larla y cambiarla, 734, 736, 570, 9; en los seminarios seráficos, 735; a quién está prohibido entrar en ellos, 737; penas contra los transgre~ sores y quiénes incurren en ellas, 738. Véase SALIDA y PERMA¡ NENCIA. Clemente V: puntos de la Regla que interpreta su Const. Exivi, 45.. Colocación del dinero: noción y su licitud a los frailes, 457; se requiere el permiso del Ordinario del lugar si se trata de dinero dado. en favor de una parroquia o de la misión, 458. Columbano (S.): características de su Regla, 10. Comidas: sin permiso del superior puede ser pecado, 452,

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