BCCCAP00000000000000000000940

ASUNTOS RESERVADOS A LOS SUPERIORES PROVINCIALES i3$, · venes idóneos que puedan ir a estudiar al Colegio Internacional ,de Roma o a otros centros superiores o Universidades (Const. 201). 4) Con el consentimiento del Definitorio puede reservarse la predicación de mayor importancia, aun dentro del distrito del superior local, y de• signar para ella a predicadores determinados (Const. 203). 5) Con 'el consentimiento del Definitorio y después de consultar a los res- . pectivos guardianes y discretos, puede mandar los libros de una bi– blioteca a otra que los necesite (Const. 213). 6) Cuando se trata de gastos extraordinarios, no puede, sin el ·consen– timiento del Definitorio, gastar más de 2.000 ptas. oro; .ni puede dar a otro.licencia para que las gaste (Ord. 117 § 3). 7) Para enajenar.bienes o contraer obligaciones que n.o superen las 10.000 pesetas oro, basta la licencia escrita del P. Provincial, con el consen– timiento del Definitorio, dado por votos secretos. (Ord. 118 n. 3). 8) Con el consentimiento del Def. elige al Secretario Provincial (Ord. 211). '9) Sin el consentimiento del Def. no puede aceptar la renuncia de tin guardián (Ord. 229). 762 D) Asuntos reservados al Definitorio Provincial. \ 1) Pedir al M. General licencia para erigir un convento en casa de novi• ciado (Const. 14). 2) Elegir al Maestro y vicemaestro, y al Director de los estudiantes (Const. 16, 31). 3) No se puede escoger un lugar para levantar un convento sin el con– sentimiento del Capítulo Provincial, y, fuera de él, del Def. Provin– cial (Const. 98). 4) No puede abandonarse un convento sin el consentimiento del Defini- torio o del Capítulo Provincial (can. 498;. Const. 99). ' 5) Señala los límites para la limosna en cada convento (Const. 119). 6) Presenta, mediante votos consultivos, al M. General, el nuevo Defi– nidor que debe elegirse a tenor de las Constituciones (Const. 153). 7) Elige los guardianes y los distribuye en los conventos (Const. 155, 159). 8) Nombra de igual modo los Presidentes de Residencias, los Vicarios de los conventos y forma las familias religiosas (Const. 156; Ord .. 232).. 2R

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz