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ALClUNAS NOClóNflS SOl1RE LAS ltLÉCélONES EN GENERAL 359 cer escrutinio sin resultado, se debe hacer el cuarto, en el cual tendrán voz pasiva solamente aquellos dos que en el ter– cer escrutinio hayan obtenido mayoría relativa (52). 636,637 ¿Qué debe hacer el que supiese que había sido elegido inválidamente? · Debe renunciar o manifestar el caso al Superior, o sea: el Discreto, al M. Provincial; el P. Provincial, al General; el Ge– neral, a la S. Sede. El M. Provincial y el General, no pudiendo por sí mismos subsanar la elección, deben hacer que se repita o acudir a la S. Sede (53). En la duda de hecho o de derecho, parece que los Superio– res pueden dispensar o convalidar la elección. Los escrutadores. 638 Son los religiosos encargados de recogei:: las esque– das, _examinarlas, proclamar al que haya sido elegido y re– dactar las actas de la elección. En los Capítulos General y Provincial se eligen tres es– crutadores; en el local, dos. En la elección del discreto capi– tular o de la familia, lo mismo que para admitir un candi– dato a la profesión, uno de los escrutadores puede ser un hermano lego (54). 639 Su nombramiento. Según nuestro Ceremonial (55), el Presidente del Capi– tulo, con el consentimiento de los Definiclores, presenta los designados a todo el Capítulo; mientras, éstos se alejan de la sala capitular. Si los capitulares no se oponen, quedan sin más elegidos escrutadores; si se oponen, hágase lo pro– pio con otros. Para elegir a los escrutadores no se· requiere la unani– midad de sufragios, porque no se trata de verdaderos com– promisarios. Algún autor ha defendido después del Código que la elección de escrutadores debía hacerse con votos secretos; pero por varias razones, podemos 1;1firmar que los votos, aunque no sean secretos, son válidos. 640 Su oficio. Los escrutadores, apenas elegidos,. juntamente con el (52) Const. 135. ~ 53) BULSANO, o. c., p. 651, n. 427. 54) A. O., 52 (1936), p. 209.(Ap. 9, n. 12). 55) Caerem, Rom-Seraph,, n, 287!.

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