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220 CAPITULO Íll, PRÉCÉPTd ÍI, ARt. 4 incomodidad otros manjares que los prohibidos; pero no los podrá tomar, si además de esos hay en suficiente cantidad de los otros. En este caso no vale recurrir a las palabras de la Regla: «A los frailes de todos los manjares que les pu, síeren delante les será lícito comer». Naturalmente aquí se trata de manjares lícitos, porque sería ajeno a la mente de S. Francisco ponerse en oposición a una ley eclesiástica. Cuando el religioso, para comer tiene que mendigar, po, drá comer lo que le den como cualquier otro pobre, y no es.: tá obligado a comer sólo pan y frutas, excepto el caso en que esto no fuese gravoso para él (110), v. gr. por ser robus– to, sano y estar descansado. En estos casos hay que tener en cuenta que el fin de la ley es que se padezca alguna incomo, didad. Todos admiten que está dispensado de ayunar y de la abstinencia el enfermo, convaleciente o muy débil. 0 366 Si en un día de ayuno uno no puede comer de vigilia a mediodía o por la noche, no por eso queda dispensado del ayuno, ya que la abstinencia, en los días de solo ayuno es co, sa secundaria; y así, aunque ésta quede excusada, no lo que, da aquél. Cuando alguien, por cualquier causa, está escusado de ayunar, en los días de solo ayuno, o nada más queda obliga, do, por la misma razón de que lo accesorio (la abstinencia) sigue a lo principal. · En un día de ayuno y abstinencia si uno está dispensado del ayuno, no por eso lo está de la abstinencia; y si de la abs– tinencia, no por eso queda dispensado del ayuno. Los predicadores que han de predicar casi todos los días y necesitan muchas horas de preparación, o si tuviesen que oír confesiones durante muchas horas, como suele ocurrir en las misiones, quedan dispensados del ayuno. Lo mismo se diga de los profesores o lectores que nece, sitan varias horas para preparar sus clases; pero no si las tienen preparadas o las pueden preparar sin mucha fa, tiga (111 ). También quedan dispensados nuestros hermanos legos, si deben atender a trabajos muy pesados, como andar a la H, mosna por malos caminos a pie, trabajar durante muchas horas en la huerta en trabajos pesados; pero no les eximen del ayuno las fatigas ordinarias. En todo caso lo mejor es acudir al superior. (110) JORIO, o. c., t.11, p. 211, n. 354, l. (111) JORIO. o. c., p. 213, n. 357, 2.

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