BCCCAP00000000000000000000940

192 CAPITULO III, PRECEPTO !, PARTE !, ART, 2 unidos al Seo. Padre, al principio de la Orden rezaban más mental que oralmente (2); pero bien pronto quiso el Santo que se rezase por cada hora canónica tres padrenuestros (3). Mas, porque comenzaron a introducirse luego muchas varia; ciones, el Santo en la Regla de 1223 prescribió a los clérigos el rezo del breviario según el orden de la santa romana Iglesia. El breviario que comenzó a introducirse precisamente en tiempo del Seráfico Padre, contenía en breve todo lo referente al oficio divino y que antes se solía leer en diver; sos libros litúrgicos, como el salterio, el leccionario, el anti; fonario, el libro de los responsorios y otros. Pero el salte; río, por lo general, estaba separado del breviario. En. tiem; po del Santo, estaban en uso dos ediciones del salterio: el Romano, que contenía la versión ítala de los salmos revisa; da por San Jerónimo en el 382 e introducida en_ la liturgia por San Dámaso en 383, y el Galicano, preparado por San Jerónimo en el 392 cuando se encontraba en Palestina. Co; mo en aquel tiempo se usaba casi universalmente el sal; terío galicano, que era también más fácil de adquirir, el Santo mandó a sus frailes que, mientras en el rezo del bre; viario debían uniformarse con la Iglesia romana_, en el rezo del salterio usasen el galicano. De todo esto se ve claramente cómo, a diferencia de las otras Ordenes religiosas, que tenían una liturgia propia en la recitación del oficio, la de los menores prefería la liturgia de la Iglesia romana a cualquiera otra. Por eso la Orden de los menores nunca ha tenido una liturgia propia, sino que siempre se ha uniformado a la de Roma o a la liturgia de los . distintos países, aprobada por Roma. Y esto no se debe a falta de iniciativa, ya que los frailes menores son los que más han influido en la introducción de nuevos ritos y festividades; sino que se debe únicamente a la adhesión a la Iglesia romana, que tanto apremiaba al Santo Padre lo mismo que a sus seguidores. 1. Quién está obligado al rezo privado. 323 Los clérigos solemnemente profesos. Entendemos aquí por clérigos no sólo los que han recibido alguna orden o la tonsura, sino también los profesos qt.ie se preparan para ser clérigos. Pero es necesario que éstos hayan profesado solemnemente (4). (2) S. BUENAVENTURA, op. omn., t. Vlll, p. (3) Chronica XXIV Generalium, anno 1209, en An. Franciscana. III, 4, (4) c. 610, § 2; véase también :1as normas de la S. C. EF'ISC. ET REG.. en AO., 1 (1885), p. 200-201.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz