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132 CAPITULO II, PARTE III, ART, 8 administración, el uso y usufructo, con tal que se trate, co– mo queda dicho, de una parte considerable (69). No concuerdan los autores en determinar lo que se ha de entender por parte considerable. Generalmente se admite que sea la tercera parte de todos los bienes, a no ser que se trate de cosas de poco valor (70). 227 Con esto no se les prohibe a los profesos simples el hacer testamento, si quisieren, porque en los ce. 568 y 581, § 1, se habla sólo de los actos ob mortis causam, como por lo deiµás confirman nuestras Constituciones (71). Si un profeso de votos simples muere ab intestato, los bienes van a sus herederos y no a la Orden (72). ' 228 Los bienes que adquiera el neoprofeso ex industria sua o intuitu relígíonis, no los adquiere para sí mismo, sino para la Religión, o más exactamente, para la S. Sede, a nor– ma del c. 580, § 2. El neoprofeso adquiere ex industria sua, todo aquello que consigue con su trabajo manual o mental, o mediante el ~jercicio de cualquier arte o profesión. Adquiere íntuítu relí– gíonís siempre que la causa motiva o final de la donación es por ser religioso (73). Los demás bienes-legados, donaciones, herencias ... - los adquiere para sí mismo. Pero aún de éstos debe ceder la administración, el uso y el usufructo. como queda dicho arriba. 229 La Sda. Congregación de Religiosos, con fecha del 24 de febrero de 1922, ha dictado algunas normas acerca de los suel– dos militares, pensiones, etc. (74). A saber: Los religiosos de profesión simple que, durante el servicio militar, permanecen aún ligados por los votos, están obligados a dar a la Religión et dinero que les sobre después de cubrir sus n.ecesidades como militares (Duda III). Si durante el servicio mi– litar han quedado libres de los votos, en ese caso pueden que– darse con toda la paga; con to.do deben dar a la Religión una .justa compensación por los gastos hechos en su favor durante et ser– vicio militar (Duda IV). A estas disposiciones de la Sda. Congregación podemos añadir que, si ta profesión simple terminase durante el servicio (69) LARRAONA. en Comm. pro Relíg .• 17 (1936), p. 338 sgts. (70) SCHAEFER, o. c., p. 519, n. 980; GOYENECHE. en Comm pro Relig .. 20 (1939), p. 84, ad 6. (71) Const. 11. (72) LARRAONA, en Comm. pro Relíg., 2 (1921), p. 12. (73) LARRAONA, ibid., p. 40. (74) AAS., 14 (1922), p. 126.

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