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VI más perfecto, sabrá suplir las ínevítales deficiencias de esta obra. He procurado dar una visión completa de la parte pre– ceptiva, no restringiéndola al Derecho común 1J a las Cons, tituciones, sino extendiéndola a las Ordenaciones de los Capítulos Generales 1J a las resoluciones del Definitorio General, lo mismo las que se han dado en forma pública como las que han sido en privado. De este modo podrán encontrar aquí reunídas todas las disposiciones relativas al precepto. He afíadido, finalmente, algunos apéndices, que con, tienen los casos más frecuentes en los cuales es necesario recurrir a la S. Sede, o a los Ordinarios del lugar, o a los Superiores. Y esto porque lo he juzgado de no poca utili– dad, sobre todo para los Ministros Provinciales; en estas páginas podrán encontrar en seguida una orientación en el despacho de los negocios más ordinarios. · Para completar la exposición he reunido al final las decisiones del Definitorio General sobre, las dudas que se han suscitado acerca de las Constituciones u Ordenado, nes, dispuestas según el orden de los artículos. Que Dios, en su infinita bondad 1J misericordia, nos conceda la gracia de comprender con perfección el sentido· esc.ondído en la leu, 1J sobre todo nos auude a conformar con su espíritu nuestra vida. EL AUTOR 20 de mayo de 1950

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