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APROBACIÓN PONTIFICIA 55 conforme a lo sobredicho deberán venir de familia a este sobredicho convento o deberán sacarse de él para otros conventos » 125 • Es casi seguro que la comunidad sanluqueña obraba en ,este asunto con independencia de los superiores provinciales. El 25 de septiembre del citado año 1767, mientras se hallaban reuni– dos en Sevilla los padres capitulares, les fue presentada por el P. Antonio de Alcalá de Guadaira una carta de Manuel de Roda, en la que se hacía constar que habiendo recurrido aquella comu– nidad al rey, pidiendo que acogiera el convento bajo su soberana protección y lo sostuviera como Seminario de Misioneros, Su Majestad había dado su real consentimiento 126 • Por su parte a fines de 1767 o principios del siguiente Azpuru presentó a la Santa Sede la instancia acompañada de los respectivos oficios que la explicaban y recomendaban. En 12 de enero de 1768 Clemen– te XIII la entregaba al cardenal protector de la Orden Carlos A.G. Cavalchini1 27 « pro informatione et voto», y apenas se en– teró el embajador interpuso su autoridad ante el purpurado hacién– dole presente la voluntad de la corte de Madrid. Por su parte el cardenal Andrés Negroni, secretario de Breves 12 8, después de haber recibido el parecer de Cavalchini, con fecha 16 de febrero transmitía la instancia al definitorio general para que comuni– cara la opinión de la Orden sobre el particular. Los superiores, para quienes no constituía una novedad el conflicto de los Semi– narios, aunque parece ser que ignoraban el hecho y el contenido del recurso que ahora se discutía, la examinaron sin pérdida de tiempo y el 29 del mismo mes de febrero entregaban a la Santa Sede una exposición exhaustiva de la cuestión propuesta. El me– morial del definitorio, firmado por el vicario general P. José M. de Savorgnano y por el procurador general P. Jerónimo de Cal– tanissetta, es largo y muy bien razonado. Alaban sin restricciones las ordenaciones, que conocían por ser las mismas que las del Seminario de Toro, pero repiten su opinión que sería preferible esperar el próximo capítulo general, cuando el problema podía ser debatido en presencia de los españoles antes de proponer al Papa su aprobaci6n. Luego hacen ver los inconvenientes a que podía dar lugar la reglamentación propuesta acerca del per– sonal de los Seminarios, que prácticamente quedaba exento de 1 2s Se conservan dos ejemplares, una en latín con los nombres de los solici– tantes, y orta en español sin dichos nombres (Arch.Emb., leg. 330, Exped. VI). 12 6 APCA, Libro segundo donde se apuntan los Capítulos, f.134. 1 21 Desempeñó el oficio de Protector de la Orden desde el 10 de marzo del año 1753 hasta su muerte: 7 marzo 1774. 1 2s Ocupaba este puesto desde el 5 de octubre de 1767. Azpuru recomendó el asunto personalmente a los dos cardenales. Cf. Despacho d<>l 25 de febrero de 1768: Arch.Emb., leg. 9,11, f.82-83.

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