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SEMINARIOS DE MISIONEROS nes con el ministro provincial. La solución dada por el P. Colin– des es un modelo de ponderada moderación. Ciertamente, les res– pondía aclarando sus dudas, que la urbanidad y mutua inteligen– cia exigen que quien desee ingresar en el Seminario lo comunique por escrito al superior provincial, pero éste no debe oponerse a la voluntad de súbdito, del superior local y de los comisarios. Tam– bién es conveniente que los superiores locales comuniquen al provincial la elección de los misioneros y los lugares en donde han de misionar; aun más, deben procurar satisfacer los deseos de éste, si prefiere que prediquen misiones en otras partes. Y también, puesto que es costumbre provincial que los guardianes no pueden aceptar compromisos cuaresmales, está muy puesto en razón que el de Monóvar se ponga de acuerdo con el prelado antes de la Epifanía acerca de la posible destinación de sus súbditos. Ni el guardián ni los comisarios están obligados a ma– nifestar al provincial los motivos que tienen para pedir el aleja– miento de algún religioso; mientras que si el provincial creyere ,que alguien debe salir del Seminario, debe manifestar su porqué al guardián y comisarios, y si éstos no le dieren razón, acuda al P. General, quien resolverá el conflicto 76 • Efectivamente, el P. Colindres había dispuesto que mientras no se lograra la aprobación pontificia, que pensaba pedir apenas regresara a Roma, la vigilancia y el control de los Seminarios dependía directamente del P. General, a quien se debía acudir para interpretar las situaciones dudosas y para proponer las eventuales modificaciones que aconsejara la realidad. b) De lo que hasta ahora se ha dicho se comprende que la es pi r i tu a 1i dad de los Seminarios no ofrecía notas diferen– eiales con relación al resto de la provincia. No se imponía ningu– na práctica de piedad fuera de las corrientes: dos horas diarias de oración en común, asistencia al coro de d~a y de noche, etc. 77 • Pero se exigía como condición indispensable que brillara con todo 7 6 Cf. Bull.O.F.M.Cap. IX, 29-30. Estas son las declaraciones enviadas por el P. Colindres desde Zaragoza el 3 de agosto de 1764. 77 El mismo P. Colindres <exhortaba al P. ,Juan de Zamora a no imponer a los religiosos de Toro la obligación del Oficio Parvo, dejándoles la libertad de rezarlo en privado (cf. carta del 16 noviembre 1765, e11. Manifiesto historial). Y nótese que el mismo P. General deseaba que los coristas no omitieran nunca esta devoción mariana. En el reglamento del coristado de Kavarra-Cantabria se lee: « Exhortamos al P. Ma2stro y coristas que todos los días digan el Oficio Parvo de Nuestra Señora, para impetrarla Patrona y Protectora del Seminario; y no crean que esta es carga extraordinaria de la Religión, p:ies les aseguro que quasi no hai provincia en ella en que los jóvenes y estudiantes no egecuten esto mismo indispensablemente, y aun la maior parte de los antiguos, bien que por pura devo– .ción » ( Cf. Coll.Franc. 29 [1959] 72).

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