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120 CONVENTOS DE PERFECTA VIDA COMÚN taba de normalizar el funcionamiento de la jerarquía; de la: acertada elección de los nuevos superiores mayores dependía no menos el bien común de los religiosos que el afianzamiento y prosperidad del tan discutido establecimiento de la perfecta vida común. Siguiendo el ejemplo de sus predecesores, el P. Erardo, antes de salir de Roma, obtuvo un breve pontificio que le autorizaba a nombrar por sí mismo los superiores mayores de las provincias a fin de solucionar los intrincados problemas que con harta fre– cuencia se presentaban por doquier en aquella época de creciente insubordinación y autonomía política y religiosa 282 • Este expedien– te, sin embargo, tropezaría con serias dificultades en la corte de Madrid dominada por el más desenfrenado regalismo, en la que los documentos pontificios chocaban con la barrera infran– queable del pase regio. Se recordará cómo Roda había amenazado blandir esta arma siempre que las decisiones de Roma contras– taran con sus puntos de vista 283 • Además, los representantes más caracterizados de los dos bandos se hacían fuertes con sus amista– des para contrarrestar e impedir el triunfo de los adversarios. De nada sirvieron los consejos y amonestaciones, las amenazas y castigos del P. General, quien hubo de constatar con dolor la imposibilidad de solucionar por sí mismo el arduo problema, a pesar de sus facultades y privilegios 284 • Afortunadamente, el rey, « por ser muy devoto del tan respe– table Instituto de los Capuchinos » 285 , determinó servirse de los buenos oficios del representante de la Santa Sede para llegar a una solución satisfactoria. Y el nuncio aceptó de buen grado la propuesta, pero con la condición insustituible de que desde aquel momento el Consejo de Castilla no interviniera para nada en el asunto. La cláusula era sorprendente e inusitada y por lo mismo atrevida; mas el rey, dando una prueba de su buena voluntad, no se opuso a ella 286 • Soslayado el peligrosísimo escollo 28 2 Cf. MELCHIOR A POBLADURA, Historia generalis III, 165. 2sa Véase más arriba, nota 240. 284 « Giunto questi [il Generale] in Aranjuez, io mi credetti libero da una ispezione fastidiosissima; ma le turbolenze s'accrebbero maggiormente; ne seguirono ricorsi al Consíglio; e per quanto sí adoprasse il P. Generale colle sue esortazíoni e colle minaccie, nulla poté ottenere; e si vide ancora legate le mani a poter convocare íl Capitolo » (Despacho del nuncio al card. Secretario, 10 sept. 1776: Arch.Vat., Nunz. Spagna, vol. 270, f.331). 285 Oficio de Manuel de Roda al nuncio cardenal Luis Valenti Gonzaga, San Ildefonso, 9 sept. 1776: Simancas, S2c. Gracia y Justicia, leg. 644 (mod. 273). 286 « lo accettai l'íncarico, ma colla condízione che il Re ordinasse al Consiglio di non piu immischiarsi in quest'affare a me appoggiato, e cio per non esporre poi le mie risoluzioni ad un ricorso di forza. E Sua Maesta si degno di passarne un

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