BCCCAP00000000000000000000904
EL REAL CONVENTO DE EL PARDO 111 el primer definidor, y en el mismo sentido resolvió todos los casos de imposibilidad de gobierno el capítulo general de 1671 262 • Y, efectivamente, el 17 de enero de 1776 comenzó a gobernar la provincia el P. Isidoro de Fermoselle. Con el cambio del gobierno no se consiguió la concordia y armonía entre los religiosos. La nueva divergencia de pareceres procedía no tanto porque el llamado a suceder al P. Santurce había sido el P. Fermoselle, notoriamente partidario y colabo– rador de los planes del superior de El Pardo, cuanto porque no se ponían de acuerdo sobre si debía convocar inmediatamente el capítulo o podía terminar regularmente el trienio 20 ª. Entonces intervino el nuncio y ordenó que se suspendiera la convocación del capítulo hasta la ya anunciada llegada del P. General a Cas– tilla2º4, Así se lo decía el mismo nuncio al P. Erardo en un in– forme personal transmitido no por la Secretaría de Estado de Su Santidad, como parecía natural, sino por medio del embajador de España, a quien se lo comunicaba Roda el 12 de marzo. Otra complicación más. Cuando la misiva llegó a la oficina de la em– bajada, el P. General se había ausentado de Roma con rumbo a la Península; por manera que el conde de Floridablanca se limitó a entregarla al procurador de la Orden, quien con toda urgencia la remitió a Barcelona por donde aquel debía pasar en su viaje hacia 1Vl:adrid~ 65 • Puesto al frente de la provincia, el P. Fermoselle no ocultó sus simpatías por los establecimientos de Toro y de El Pardo. Pero sus adversarios no le dieron tregua y acudieron a los tri– bunales contra el P. Zamora. No conocemos los libelos y alegatos 262 Cf. Constitiitiones an. 1643, cap. VIII, n.XXVII, 87; Anal.O.F'.M.Ca,p. 7(1891) 78. 2 "ª Las constituciones (lnfJ. eit.) establecían: « Et [successor ministri provin– cialis defuncti] curam gerat convocandi capitulum suo tempore, prout illi ordinatum erit a P. Generali pro electione novi provincialis ». Cuando en noviembre de 1783 falleció el provincial Matías de Molina, el vicario y primer definidor, autorizado por el mismo P. Erardo, anticipó de un año la celebración del capítulo. Cf. Erario di– vino, 262. 2 64 El card. Luis Valenti Gonzaga, nuncio en Madrid, escribía el 10 de sep– tiembre de 1776 al card. Secretario: « Questa Provincia di Castiglia dei PP. Cap– puccini era in somma turbulenza e divisione, e vi si eran formati due forti partiti all'occasione di eleggere un Vicario Provinciale ne! luogo del Provinciale, che per debolezza e per scrupo!i, avea date prove di demenza. Io convocai il Definitorio da– vanti di m2, e dopo infinite fatiche e dibattimenti lo indussi a stare alle Costi– tuzioni con eleggere il Definitore piu antico. Vi era gia un fermento cattivo tra i due partiti... ; si voleva da uno la celebrazione del Capitolo Provinciale, dall'altro no; ed io :f'acendo sospendere ogni atto giudiciario, ordinai che si sospendesse ancora la celebrazione del Capitolo sino all'arrivo del P. Generale, che gia era entrato nella Spagna » (Arch.Vat., Niinz. Spa,qna, vol. 230, f.331). 265 Cartas de Manuel de Roda al conde de Floridablanca, 12 de marzo y 11 de abril de 1776, en Arch.Emb., leg. 225, f.15, y leg. 347, f.48.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz