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478 MIGUEL ANXO PENA GONZÁLEZ contra ella, que tantas vezes han approbado los Pontífices, teniéndola por más segura y en todo más acertada, pues aviendo hecho este juramento mal puedo yo sobre acuerdo y de pensado (ilegible) no solamente negar la doctrina del dicho sancto, doctor en materia grave, si no también juramento contrario y oppuesto de no tener su sentencia sino defen– der y enseñar la contraria, y no es sufficiente evassión dezir que si agora bibiera el santo tu– viera esta sentencia y dejara la que avía enseñado, porque los fundamentos y razones y testimonios de sanctos que le movieron a tener lo que enseñó agora se están en pie, y assí Su Santidad el Pontífice en el último decreto que de esta materia ha salido da licencia para que cada uno pueda en esta materia defender y tener la sentencia que quisiere, pero dize que deja la sentencia de santo Thomás en el mismo estado, condición y punto en que antes escava, pues si antes era segura común de los sanctos conforme a la doctrina de la Santís– sima y de la Iglesia y agora después de tantas contradiciones y de aver tanto procurado la sepultar se queda de la misma suerte que antes estava, probable y segura y cathólica queda y el mismo sancto que la enseñó y vio que escava tan bien fundada no la negara ni tuviera la contraria. Quando a mi no me obligara el juramento que digo aver hecho de la manera dicha de defender la doctrina deste santo Doctor debería, so pena de mal término, no dejarle ni desampararle agora ni ponerme del lado de sus contrarios. Sancto Thomás ha honrrado mucho mi religión, hame authorizado y ayudado muchas vezes en liciones, desputas, con– sultas, resoluciones de casos, y en otras ocasiones hele hallado siempre a mi lado quando le he avido menester. Agora hallase solo que todos le dejan, le baldonan y maltratan no correspondiera yo a la obligación que le tengo si yo también me levantara echase y me hiziese de la parte de sus contrarios, que no es buen amigo el que en tiempo de adversi– dades y contrarios deja solo a quien ha tenido obligación, y así yo a su lado tengo desear, su doctrina tengo de defender, que la Sede Apostólica me da seguro que siguiéndole no errare. Confirmase más esto por el daño grande que se sigue si una vez dejamos a santo Thomás en esta sentencia. La doctrina deste sancto es la que tiene a raya a nuestros libres y atre– vidos, hasta evasiones tales quales bastan a deslumbrar hombres pocos doctos y de ingenio protervo, el medio de que en muchas ocasiones se usha para en estas dudas sacar la verdad a luz y seguir la parte más segura es traer la aucthoridad del dicho sancto y atenernos a lo que dize, si una vez se acuerda por esta Universidad que sentencia suya tan fundada y defendida no se ha de tener, con esto responde a todos los testimonios que del se truxeron contra qualquier nueva y libre doctrina, que no ay que hazer caso de doctos cuya sentencia ashí se huye en esta insigne Universidad que juran la contraria, y plega a Dios que yo me engaño y no aya esta razón movido a muchos que ha meses que tratan deste punto que aquí se con– fiere a que insten en que esto se jure porque tener quitado este tropie<¡:o y contrario a sus sentencias delante de los dichos, y yo que por particular razón devo opponerme a esta por la misma razón devo no votar lo que aquí se pretende. Juzgo, finalmente, que la Universidad no deve hazer el juramento, lo 1 ° porque mu– chos de Vuestras mercedes lo juzgaron ashí quando vino la carta de Su Magestad porque
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