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264 lebrar en sus iglesias los santos misterios en tiempo de cesación a divinis, a condición, naturalmente, de no to– car las campanas, de cerrar las puertas y de hacer salir previamente a las personas excomulgadas. Por una sorprendente inconsecuencia, la bula misma lleva el testimonio de su inutilidad, al menos para el mo– mento en que fué dada: "Os acordamos -dice la bula-– poder de celebrar en tiempo de entredicho en vuestras iglesias, si llegáis a tenerlas". He ahí una nueva prueba de que la Orden todavía no poseía iglesias en 1222; pero bien puede verse precisamente en ese documento una in– vitación apremiante a cambiar de conducta y a no dejar ese privilegio sin objeto. Otro documento de la misma época manifiesta pre– ocupaciones análogas, pero ejerciéndose desde otro lado. Por la bula Ex parte, del 29 de marzo de 1222, Honorio III encargaba conjuntamente a los priores de los Predica– dores y de los Menores de Lisboa una misión singular– mente delicada: les concedía plenos poderes para obrar contra el obispo y el clero de esa ciudad, que exigían de sus fieles que les dejasen por testamento el tercio de sus bienes, y rehusaban a los recalcitrantes la sepul– tura eclesiástica. El hecho de que el Papa diera a los hermanos la li– bertad de disponer las medidas a tomar, prueba cuánto· empeño ponía Roma en olvidar el fin para que habían sido creados esos institutos, para transformar a sus miembros en agentes y comisionados de la Santa Sede. No es necesario, pues, hacer notar que la mención del nombre de Francisco a la cabeza de la primera de esas bulas, no tiene ningún alcance ni significación. ¡No se puede imaginar al Poverello acudiendo a solicitar un pri– vilegio para circunstancias que aún no existían! Se adivina en esto la influencia de Hugolino, que había ha– llado, en la persona de Elías, el Hermano Menor de acuer– do a su corazón. ¿Qué hacía, pues, Francis~o durante aquel tiempo? Nada se sabe, pero la misma ausencia de informaciones

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