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como día inaugural, el de la Virgen de los Dolores, abogada y titular de la congregación masculina, como la Sagrada Familia lo era de la femenina. El P. Bernardo de Andermatt, superior general de la orden capuchina, aprobó lo hecho por el P. Luis por carta del 31 de enero. Durante la misa del día de la Candelaria puso éste las constituciones en las manos de una estatua de la Dolorosa y, con ello, la existencia de la nueva fundación. El 8 de febrero aprobaba el cardenal Monescillo el instituto, cuya razón de ser era aplaudida segui– damente por el obispo de Segorbe y diversas autoridades civiles y judiciales . Las constituciones, en su edición de 1890, estipulaban por fines de la nueva institución, el instruir en las ciencias y artes a adultos y párvulos , el servicio de los en– fermos y el régimen y dirección espiritual de las cárceles y presidios. Las de 191 O, si por una parte recortaban esos fines, por otra los ampliaban: « El fin especial es la educación correccional, moralización y enseñanza de ciencias y artes a los acogidos en los Reformatorios o Escuelas de Re– forma , y demás establecimientos similares, tanto públicos como privados » . El 12 de abril tuvo lugar la inauguración canónica y en la ceremonia tomaron el hábito catorce aspirantes, apadrinados por las supremas autoridades eclesiásticas y civiles del reino y ciudad de Valencia. Ocurría todo esto en la iglesia del 36

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