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P. JosÉ ANTONIO DE DONOSTIA seco un caballo desbocado, y el caballo se arrodilla ante él; apagan de un soplo un horno encendido, etc.. . D. ¿Serían de origen españd los tales, como insinúan ciertos libros? Theó- filo Braga, portugués, asegura que los saludadores son un tipo común a toda la península. Su oficio estaba prohibido por las ordenaciones manuelinas (O Pouo Portuguez nos seus Costumes, Creencas e Tradicoes, Lisboa, 1885; 2 vols.: la cita en 11, pág. 187). Si en el País Vasco hubo personas dedicadas al lucrativo oficio de salu- dadores, parece ser que al menos los especialistas, los ases que diríamos, no eran de aquí. D. Eduardo de Escarzaga, Rector que fue del Seminario de Vitoria, declara no haber hallado dato alguno de saludadores que habitaran en Gordejuela (Vizcaya). El Concejo municipal de aquellos tiempos (1548) velaba sin duda por que en el pueblo no se introdujesen saludadores, brujos, hechiceros, etc. En la visita eclesiástica de 1550 se dictó la siguiente prohi- bición: «Por quanto los saludadores y conjuradores alquilados, comúnmente son personas sospechosas y vanas y de mal exemplo, por ende mandó el Señor Visitador a los vecinos del puebllo, ni alquilen, ni tengan saludadores, ni conjuradores, ni otros hechizeros ni adevinos, enxarmadores, ni personas que cortan la letra ni curan la rosa, ni vanas supersticiones, ni echen nóminas o otras cosas vanas reprobadas de derecho debino y humano». Ello no obs- tante, la superstición de traerlos y emplearlos perduraba en Gordejuela en el siglo XVIII, «pues todavía en 22 de junio de 1740 el Concejo admitía por saludador del valle a Valetín Gutiérrez, natural de Torrelovatón (Va- lladolid), habitante en el pueblo de Llanteno, por el sueldo de dos cuartos de vellón al año por vecino*. (Descripción Histórica del valle de Gordejuela, Bilbao, 1919, pág. 93.) Análoga prohibición leemos en las Constituciones Synodales del Obis- pado de Pamplona, ordenadas por D. Bernardo de Rojas y Sandoual, su Obis- po. Es notable la disposición que traslado: «Por experiencia vemos, que hazen gran daño a la República Chris- tiana los ensalmadores, saludadores, y bendezidores, por que commun- mente los que vsan semejantes abusos, quieren applicar sus falsas pa- labras por vía de medicina, que ni son ciertas, ni approbadas, según nuestra sancta Fee Cathólica. Y por que (en quanto pudiéremos) de- seamos extirpar de nuestro Obispado semejantes cosas, S.S.A. estatuy- mos, y mandamos, que ninguna persona, sin licencia nuestra, y appro- bación, o de nuestro Vicario general, vse de semejantes palabras, y en- salmas: y nuestro Vicario general, n i official, no permitan en nuestro Obispado saludadores, o bendezidores no approbados, ni nóminas: y 236 [81

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