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tica. Pedrarias, por su parte, llegó a pensar -así lo manifestó en agosto de 1515- que sus dominios se iban a convertir en un Im– perio mayor que el de los romanos. Privilegios, providencias y un portillo abierto A tenor de las cédulas y proveimientos firmados por el Rey, el poblado de Santa María la Antigua de Darién, centro del gran pro– yecto colonizador, es cabeza de la capitanía general y de la goberna– ción de Castilla de Oro, así como sede episcopal. Los colonizadores del nuevo paraíso colonial gozarán de espe– ciales franquicias y privilegios: poseerán solares propios; se les otor– garán indios en repartimiento, y podrán explotar minas y hacerse con navíos para el comercio; se les construirá también una casa de contratación y un almacén de provisiones. En cuanto a los diezmos, los pagarán en especie, y en lo referente al quinto de maíz, yuca y ajes, que por ley deben entregar a la Corona, quedarán exentos. Para asegurar una población estable y dedicada al trabajo, se favoreció la institución del matrimonio. El rey pidió a Pedrarias que "honréis y favorezcáis mucho a los dichos casados y les hagáis todo el mejor tratamiento que pudiereis y les animéis y ayudéis pa– ra que pueblen la dicha tierra y permanezcan en ella". A tenor de las normas establecidas por la corona, los indios de la gobernación debían recibir, en principio, buen trato: pueblos pro– pios; respeto a sus personas, propiedades y familias; instrucción reli– giosa "con amor e voluntad e amistad". Se prohibió expresamente Santa María la Antigua de Darién según la imaginó el ilustrador de las Dé– cadas del cronista Antonio de Herrera. 86
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