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su testamento un tal Diego Méndez, testigo presencial de la llama– da "hecatombe de Jaragua". A la conquista sigue la implantación del sistema de encomien– das en toda la Española. El día 20 de diciembre de 1503 se emite una Real Cédula dirigida a Ovando, en la que se le dice: "Mando a vos el dicho nuestro Gobernador... compeláis e apremiéis a los dichos indios que se traten e conversen con los cristianos de la di– cha isla e trabajen en sus edificios en coger e sacar oro e otros me– tales e en fazer granjerías e mantenimientos para los cristianos ve– cinos e moradores de la dicha Isla". Los repartimientos de indios quedan consagrados legalmente a partir de esta Real Cédula y confirmados por otras más que se emi– ten en años posteriores, en especial en 1509. El sistema de encomiendas, defendido por algunos como legal y aceptable en principio -pues, también en principio, consistía en ceder al encomendero los tributos debidos al Rey-, en la práctica, sobre todo tal como funcionó en el Caribe, vino a ser una servi– dumbre opresiva y destructora que acabó con la población indí– gena. Portada de la "casa del cordón" de la ciudad de Santo Domingo. Construi– da en 1503 por Francisco de Garay, Regidor y Alguacil Mayor de la ciu– dad e insigne bienhechor de la Orden franciscana. 43
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