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EL GOBIERNO DE LA IGLESIA oficio... Es simplemente una asistencia del Espíritu de la Verdad, por quien fué revelado el Cristianismo, mecliante la ·cuál la cabeza de la Iglesia es capaz. de conservar el depósito de la revelación y d~cla– rarla fielmente a t0das las edades" ( 1). III.-NATURALEZA Y LIMITES DE LA INFALIBILIDAD -PONTIFICIA.-Se hallan claramente expresados en la definición del Concilio Vaticano: "Adhiriéndonos fielmente a las tradiciones de la fe cristiana, que ha11 llegado hasta nosotros desde los primeros tiem– pos de -!a Iglesia, enseñamos y definimos, que es doctrina divina– mente revelada, que el Romano Pontífice cuancio habla ex-Cathedra, esto es, cuando en el ejercicio de su cargo de Pastor y D'octor de to– dos los cristianos, en virtud de su suprema autoridad apostólica, de– fine que una doctrina referente. a la fe o las costumbres debe ser aca· tada por la Iglesia Universal, goza plenamente, por la asifi;tencia di– vina prometida a -él en el Bienaventurado Pedro, de aquella Infalibi– .lidad con.que el Divino Redentor quiso dotar a su Iglesia al definir doctrinas referentes a la fe y a las costumbres, y por consiguiente, que tales definiciones del Romano Pontífice son irreformables por sí mismas, y no en virtud del consentimiento de la Iglesia" (De Eccle– sia Christi, cap. IV). De estas palabras del Concilio Vaticano podemos deducir las si– guientes conclusiones: Primera.-El Papa solatnente es infalible: 1) Cuando habla ex– Cathedra, es decü:, como .Supremo Maestro de la Iglesia Universal. No es, pues, infalible cuando habla como teólogo privado, o como es– critor. En este caso, lo que enseña no tiene otro valor que el. que le - da su cultura perso:aal. 2) Cuando define, esto es, cuando da una de• cisión final. 3) Cuando trata de asuntos de fe o de moral, es decir, en todo lo concerniente a la Revelación. 4) Cuando manifiesta explí– citamente su intención de obligar a la Iglesia Universal a admitir como revelada fa verdad definida. Estas cuatro circunstancias deben concurrir en toda definición pontificia, para que ésta sea infalible. Segunda.-El Papa no. puede crear doctrinas nuevas. "A los su– cesores de Pedro no ha sido prometido el •Espíritu Santo para que, se• gún su revelación, publicasen una nueva doctrina, sino para que, con su .asistencia, guardasen santamente y expusiesen con fidelidad las revelaciones transmitidas por los Apóstoles, es decir, el depósito de fa fe" (Concüio Vaticano). ' Tercera.-El don de la infalibilidad no hace al Papa impecable. La infalibilidad no tiene nada que ver con el carácter moral del Pa– pa, quien puede pecar como cualquier otro fiel, y está obligado a usar los mismos medios divinos de salvación, v. gr.: el sacramento de la penitencia. No hay, pues, conexión necesaria en:re la idea de impeca• bilidad, que quiere decir inmunidad de pecado en guardar la ley mo• !.--Cardenal Manning, The true History of the Vatican Counci( (1877) pág. 183.– El Cardenal Manning (1806-1892), el Cardenal Newman (1801-1890) y el P. Fa. her ( 1814-186 3) son los tres principales convertidos del anglicanismo a la iglesia Católic~ en Inglaterra durante el siglo pasado.

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