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SAN FRANCISCO Y LA CIENCIA 367 trucción científica, por lo cual tenían miedo de aceptar el oficio de la predicación; pero Francisco los envió no obstante, dándoles aliento con estas palabras: "No temáis porque parecéis pequeños y despre– ciados e ignorantes, antes bien anunciad con libertad y sencillez peni– tencia, confiando en que el Señor que ha vencido al mundo hablará en vosotros con el poder de su espíritu" ( 28 ). Verdad es que a medida que fué aumentando el número de Frailes, el santo Fundador ya no dejaba predicar sino a aquellos que tenían especiales aptitudes para ello, bien fueran clérigos o legos; pero al hacer la selecció:1 no se fijaba en la capacidad científica, sino que lo decisivo era el ver si tenían o no el espíritu de Dios y la elocuencia necesaria ( 29 ). Esto podía pasar, mientras los Frailes se dedicaron solamente a la predicación moral o de penitencia en el sentido más estricto de la palabra, la cual, como hemos visto ( 30 ), fué concedida ya antes de Francisco a algunas asociaciones de legos, y el mismo Francisco recibió para sí y para sus discípulos la facultad de predicar penitencia sin men– cionarse para nada la obligaci6n de los estudios. Así, pues, parece que a fines del siglo xu y principios del xm para esa predicación no era necesaria en absoluto una preparación teológica. Muy otro era el caso tratándose de la predicación en d pleno sen– tido de la palabra. El que quisiera predicar "la sagrada Escritura", es decir, exponer todo el contenido de la revelación tanto en su aspecto moral como dogmático, tomando por base los Libros sagrados, debía estudiar "la Escritura'' o, como decimos hoy, la Teología. Todos los predicadores de aquel tiempo acentúan esto. Así Alano de Insulis (de Lille) ( t 1202) declara: "Para los predicadores es necesaria la ciencia; deben estar ejercitados en ambos Testamentos y prácticos en el empleo de los textos de la Escritura" ( 31 ). Los Estatutos Sinodales de Odón de Sully, obispo de París (hacia 1197) prohiben bajo pena de excomunión el hacer venir o escuchar, dentro o fuera de la iglesia, a predicadores ambulantes iletrados ( 32 ). El Sínodo provincial de Tréveris ( 1227) prohibe el predicar "a todos los sacerdotes no instruí- , ( 2 8) "Nolite timere, quia pusilli et despecti videamini et insipientes, sed secure annuntiate simpliciter poenitentiam, confidentes in Domino qui vicit mundum, quod spiri:u suo loquitur per vos et in vobis, ad exhortandum omnes, ut convertantur ad ipsum et eius mandata observent." Tres Socii, n. 36. (29) "Quicumque ex ipsis Spiritum Dei habebat et eloquentiam idoneam ad praedicandum, sive clericus, sive laicus esset, dabat ei licentiam praedicandi." Tres Socii, n. 59. (30) Cfr. supra, pp. 345-346. ( 31 ) "Ad praedicatores pertinet scientia, ut sint exercitati in utroque Testa– mento et sententiarum examine discreti." ALANus AB lNsuLrs, Su111ma de arte praedicatoria, c. 38, MIGNE, Patr. lat. 210, 183 . (32) OooNis, EP. PAms. Synodicae Constit., n. 41; HARDUIN, VI, 1945.

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