BCCCAP00000000000000000000714
XVI. EL APOSTOLADO FRANCISCANO (CONTINUACIÓN) I Las ocupaciones esenciales del apostolado franciscano eran la predicación y el oír confesiones. Verdad es que en los primeros • años los Frailes no administraban todavía el sctcrctmento de la Penitencict, pues Francisco y la mayor parte de sus primeros discípu– los no eran siquiera sacerdotes (1) y aun aquellos que estaban inves– tidos de la dignidad sacerdotal no poseían el poder de jurisdicción, necesario para oír confesiones. Inocencio III en 1209-1210 otorgó a los Frailes únicamente el per– miso de predicar (2), si bien dándoles la esperanza de que les conce– dería mayores facultades ( 3 ). Pero que no pensara por de pronto en concederles la facultad de oír confesiones, se deduce claramente del decreto "omnis utriusque sexus", que publicó pocos años más tarde ( 1215) en el cuarto Concilio de Letrán y el cual ordena: "Todos los fieies de ambos sexos están obligados a confesar por lo menos una vez al año con sinceridad todos sus pecados al sacerdote propio ... Y si alguno por justa causa quisiere confesar sus pecados a otro sacer-– dote, debe antes pedir y alcanzar permiso de su propio sacerdote, pues de lo contrario aquel otro no podrá absolverle" ( 4 ). Con esto la admi– nistración del Sacramento de la Penitencia se reservó al clero dedicado a la cura de almas, con exclusión de los religiosos, a los cuales ya por el derecho canónico estaba prohibido confesar a seglares ( 5 ). ( 1 ) De los doce primeros parece que sólo Fr. Silvestre (TttoM. CEL. II, n. 109) era sacerdote. (2) Cfr. supra, p. 313. (3) "Nos plura concedemus ac maiora vobis securius committemus." Tres Soc., n. 49. (4) "Omnis utriusque scxus fidelis, postquam ad annos discretionis pervenerit, omnia sua solus peccata saltem semel in anno fideliter confiteatur proprio sacer– doti... Si quis autem alieno sacerdoti voluerit insta de causa sua confiteri peccata, licentiam prius postulet et obtineat a proprio sacerdote, cum aliter ille ipsum non possit absolvere ve! ligare." DENZINGER-BANWART: Encbiridion sym– bolorum, ed. 12, Friburgo de Brisgovia, 1913, n. 437. (5) "Quod vero poenitentiam dare prohibentur (monachi), inde est, quia nulli sacerdotum licet alterius parochianurn ligare ve! solvere." Decret. Gra– tian., pars II, causa 16, q. 1, c. 19., ed. H. FREIESLEBEN, Basilea, 1757, 665. 328
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz