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196 :MELCHOR DE POBLADURA Aréh. Vat., Congr. Vescovi e Regolari. Ca.ppuccini-Spagna. V. J. y M. Rano y Junio 24 de 1880 Amado Padre y Excmo. ( !) : i enemos la satisfacción de poder asegurar a V. :ie en la Yisita que hizo en este conbento( !) de Rano y dt:•t,c-~ el tiem¡;,, de su gobierno ha sido considerado por nosotros como el verdadero y único Angel tutelar, que con más acierto, cordura y prudencia ha conser– bado( !) en justo equilibrio el peso de su cargo y el que más ha trabajado para entablar en todos nuestros conbentos de España la obsen·ancia de nues– tra Regla, Constituciones, Ordenaciones, y que nada absolutamente ha dispuesto contra las mismas. Que nada ha echo( !) que desdiga de un religioso, y mucho menos de un prelado capuchino. Y por lo tanto en obsequio de la verdad contra los que hayan echo las reclamaciones que indica el Rmo. Padre en la suya de 17, y que alega para deponer a V. Rma. de su cargo; protestamos con todo nuestro corazón, con toda nuestra alma y todas nuestras fuerzas, que nadie de este conbento ha echo reclamación alguna contra V. Rma., ni ha pedido su deposición. Y para los efectos consiguientes libramos la presente fecha ut s1tpra. Fr. Marcos de Montevite, Guardián. Fr. Joaquín de Llevaneras n1is.º cap. no. Fr. Sebastián de Marañón, Capuchino Fr. Pedro de Castejón Fr. José Ma. de Valdeviejas Fr. Fidel Ma. de Espinosa, capuchino corista. Fr. Agustín Ma. de Ariñez, capuchino corista, -Fr. Luis. de Masamagrell, pred. Fr. Francisco Ma. de Paterna Fr. Manuel de Santiago Fr. Miguel María de Gorriti Fr. Bartolomé M. de Estella 9. Respuesta apologética del P. Santiago de Guatemala, Arenys de l\far, 24 junio 1880. Autógrafa. Arch. Vat., Congr. Vescovi e Regolari. Cappuccini-Spagna. Al Rmo. P. Provincial Fr. Esteban de Adoain. Muy Rdo. Padre: En contestación a su apreciable carta fecha 17 junio debo decir que cuando V. R. estuvo aquí de santa Visita en este nuestro convento de Arenys de Mar 110 solamente no ordenó ni dispuso cosa que fuese contraria a nuestra santa Regla, Constituciones, Ordenaciones Apostó– licas, ni contra la observancia regular; sino que muy iejos <le ttsiu, iu<lu cuanto dejó ordenado ya por escrito ya verbalmente, fue dirigido a quitar algunos abm,.1s de inobservancia que en este convento habían(!), cuales eran el tener música en nuestra Iglesia contra lo ordenado por los Capítulos Ge– nerales, el manejar dineros alguno de los individuos de esta Comunidad, caso tan prohibido en nuestra Regla, y algunas otras ordenaciones que V. R. dejó, todas dirigidas a la mayor observancia regular y bien común de los Religiosos. A.un diré más, que en todas las cartas que nos ha escrito, ordenando .al– guna cosa, siempre ha sido citando la Regla, Constituciones, Capítulos Ge– nerales, Ordenaciones Apostólicas, y nada ha hecho ni deshecho, que no sea conforme a nuestro Instituto. · · En cuanto la conducta de V. R. (desde el año 69 le conozco y trato) he

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