BCCCAP00000000000000000000688

EL VENERABLE PADRE ESTEBAN DE ADOAIN 193 autorizzato a carteggiare in proposito all'esercizio di una autorita di cm non e in possesso. Ed e percio che fiducioso ricorre all'Eminenza Vostra Reverendissima pel provvedimento che del caso; e specialmente per l'invio di un pio, prudente ed illuminato spagnolo col titolo di Commissario Generale per farvi la S. Vi– sita ad referendum. Questo P. Spagnuolo e ora professore di Storia eccle– siastica e di Diritto canonico nel!a nostra Provincia di Saboja, ed é in sui 60 anni di eta. Che della grazia, ecc. !'umile supplicante . Fr. Francesco da Villafranca, Comm.gen.Cap.no A sua E.za R.ma il sig.Card.Prefetto della S.Congr. clei Vescovi e Regul. 4. El P. Esteban de Adoain comunica su destitución de Vice– comisario Apostólico a la comunidad de Arenys de Mar y le pide su parecer, Sanlúcar efe Barrameda, 17 junio 1880. Original con firma autógrafa. · Arch. Vat., Congr. Vescovi'. e Regolari. Cappuccini-Spagna. Rdo. P. Guardián del Convento de Arens de Mar. El Señor nos de su santa paz. Rdo. P.: Estas líneas que a V. P. dirijo tienen por objeto manifestarle que el día diez y seis del actual llegó a mi poder una carta de Roma con fecha del siete concebida en estos términos : Rdo. P. F. Esteban de Adoain. Nuestro amado en J. C. P. y H.º: en virtud de reclamaciones que se nos han dirijido, venimos en relevarle del cargo de Vice-Comisario de Capuchinos de España, que le teníamos conferido durante nuestra ausencia. En su lugar con esta fecha nombramos al R. P. Fr. Francisco de Viana, Provincial de la de Navarra, para que con conocimiento nuestro, ocurra a las necesidades perentorias hasta nuestra representación. V. R. R. puede regresar desde luego a la Provincia de Andalucía para su gobierno. De V. P. R. afmo. en el Señor y B. S. M. Fr. José de Llerena Suplico pues a V. P. la bondad de decir si en la vez que he tenido el honor de visitar ese convento ha notado V. P. o alguno de esa comunidad, que yo haya dado alguna disposición que sea contraria a nuestra Regla, Cons– tituciones u ordenaciones Apostólicas, o contra la observancia regular; o si en mi conducta se ha observado alguna cosa que desdiga de un Prelado Capuchino; pues, como habrá advertido V. :p., la causa de haber sido de– puesto son las reclamaciones dirijidas por los súbditos; y esto me llama mucho la atención; porque habiéndole yo presentado la renuncia en uno de los meses próximamente pasados, ha pasado ésta en silencio, y se ha con– cretado únicamente a las reclamaciones que 1e han dirijido. Yo desearía V.. R. y todos sus súbditos tuviesen la bondad de escribirme·

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz