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296 BUENAVENTURA DE CARROCERA les era preciso ganar lo necesario para el sustento y vestido y el culto de las iglesias, siendo cierto que « los Religiosos Capuchinos jamás lo habían permitido tomar ni acep– tar a cuenta de V.M., que con su católico celo liberalmente concede a todos los religiosos que se ocupan en semejantes ministerios » 48 ; por eso añaden era forzoso « el que los Capuchinos lo buscasen decentemente entre los fieles de aquella ciudades... sin faltar a la enseñanza de los bárbaros ». Concluyen de este modo: « Y así de las razones dichas parece consta no haber sido V.M. y Real Consejo legítimamente informados». Finalmente añaden: « Que no debemos los Capuchinos de merecer empresa tan gloriosa pues son ya cuatro veces las que se les manda retirar desde el prin– cipio de la misión : dos antes de salir de España y dos después de haberles costado tantos trabajos y fatigas ». Terminan exponiendo que o se les permita seguir en su labor evan– gélica y en paz, o que se les mande de una vez regresar a sus con– ventos49. Dicho memorial fué remitido por el rey al Consejo el 30 de julio de 1662 para que diese su parecer. El 26 de agosto se devolvía al monarca con un largo informe que es a la vez una apología de los capuchinos y de la obra por ellos realizada en aquella misión, y juntamente una refutación contundente de las razones que se ale– gaban para no permitirles permanecer allí 5 º. El rey se dió por muy satisfecho con todo lo realizado por los capuchinos y expidió su cédula el 26 de octubre de 1662, que es una rectificación de lo que se había hecho con los misioneros y aproba– ción definitiva de su conducta y de la misión: « Por tanto, - dice entre otras cosas -, teniendo consideración al grande provecho que se ha reconocido de la asistencia de estos Reli– giosos en aquellas provincias, y el fruto que por su medio ha resul– tado en aumento de nuestra santa fe y que mi vivo afecto es que por todos los que se pudiere se logre, como deseo, la conversión y enseñanza de los indios, por el bien espirituaI; que se les sigue, y el mayor servicio de nuestro Señor, que es mi único fin y una de mis mayores obligaciones, tengo por bien que los dichos Religiosos 48 Se refiere al subsidio dado a los misioneros por el rey, que los capuchinos no percibían aún. 49 Segundo memorial de los PP. Frías y Tauste al rey (4 ff.) (ibid.). 50 Cf. informe del Consejo de Indias (26 agosto 1662) (AGI, Santo Domingo, 222). Lo «,copia íntegro el P. RIONEGRO, Relaciones I, 40-50.

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