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La renovación acomodada de la rOrmación 157 principios generales sobre la formación religiosa y apostólica, ade– más de aquellos proprios y característicos de cada Instituto religioso. Los principios de formáción recogidos y desarrollados por la Ratio Institutionis deben ser válidos para todo clase de miembros dellnstituto, sean o no clérigos. El plan de estudios de.berá ser di– verso, pues diversa es la preparación doctrinal y técnica que requiere el ejercicio del apostolado ministerial y el resto de los demás aposto– lados. La Ratio Institutionis debe dar preferencia a todos los pro– blemas de formación y no exclusivamente a uno concreto, como podían ser los estudios. Los estudios de los Hermanos no clérigos son a penas indicados en en capítulo IX de la nuevas Constituciones. El hecho es expli– cable por una ideólogía que concibe el estudio como preparación exclusiva al apostolado sacerdotal o ministerial. Era lógico que, al no clasificar como apostolado la actividad del religioso no clérigo, se excluyera del capítulo noveno la reglamentación de la preparación al apostolad0 no ministerial. El Capítulo votó por el cambio de nombre del Secretariado Ge– neral de Estudios por el de Secretariado de Formación (25). ¿Hasta dónde se valoró la trascendencia del cambio de nombre? Se puso la base para una orientación nueva del capítulo segundo y noveno. El Secretariado de Formación no solamente vela por los estudios preparatorios al apostolado, sino por la preparación total de la for– mación religiosa y apostólica que abarca diversoso aspectos, uno de los cuales, pero no el más espiritual ni el más delicado, aunque sí muy complejo, es el de los estudios tanto de clérigos como de no clérigos. Aplaudimos que el Secretariado de Estudios haya cambiado de nombre y haya tomado el denominativo df; Formación. Habíamos abogado para que las Comisiones Provinciales se llamaran de For– mación y no de estudios ('26). Ahora al agradecer una denominación (25) Const. r28. (26) EUGENIO DE SALVATERRA DE EscA, [ARA SATURNINO], OFM, Cap., La Comisión provincial de Formación, en Estudios Franciscanos 65 (r964) 273-285.

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