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26 · P. Feliciano de Ventosa, O. F. M. Cap. Los Statuta Generalia dan normas sobre formación religiosa, que debe comenzar en las Escuelas Apostólicas (62), profundizarse en el Noviciado (63} y completarse en los Colegios Mayores. En este estudio nos interesamos, ante todo, por lo legislado sobre estos últimos. Para este período se dispone que se tenga solícito cuidado de que los jóvenes se vayan imbuyendo de aquellos sentimientos religiosos y sacerdota– les que son base de su formación: sentimiento del culto litúrgico, estima de la dignidad sacerdotal, respeto a la jerarquía, ante todo al Romano Pontífice, en cuyo honor se prescribe una fiesta especial [art. 40, § 2, 1), 2) y 3)]. Al mismo tiempo insiste en que no se afloje en los conatos, habidos durante el noviciado, de adquirir y aumentar el espíritu de oración, la vida interior, las devociones a Jesús Sacramentado y a la Virgen María, etc., etc. (art. 40, § 3). Una disposición queremos especialmente subrayar por juzgarla de má– ximo interés en los centros actuales de formación religiosa. En ella, después de recordar a los jóvenes religiosos que la perfección del estado al que tienden les obliga a estudiar «impigre», se añade: «Neque errore decipiantur ea tantum addiscendi quorum apostolica utilitas ipsis impraesentiarum appareat, sed Moderatorum ac Magistrorum seu Professorum experientiae fidentes, omnibus et singulis disciplinis sibi impositis diligentem navent operam, cum exculta totius hominis institutio, primaria sit ad apostolatum fructuose ex– sequendum» (art. 40, § 4). Atacan en este mandato los Statuta Generalia un mal que cunde en la juventud religiosa de quererse formar por su riesgo y cuenta, seleccionando las materias y valorándolas imprudentemente antes de conocerlas, ilusionados por un espejismo de falsa practicidad inmediata. Y digno es de notarse que se motiva la disposición en que la exculla totius hominis institutio, es lo primario para poder realizar fructuosamente el sagrado ministerio a la hora de la prueba, que es la práctica. Esta observación es tanto más digna de tenerse en cuenta por cuanto, a veces, los mismos sacerdotes, entregados a las faenas del apostolado, son los primeros en desvalo– rizar ciertos estudios que les han formado como hombres y como sacerdotes, aunque quizá les sirvan de poco para el inmediato ministerio de la palabra o de la acción. Ciertas cuestiones del tratado De Deo Uno et Trino es posible que sean poco prácticas en los ministerios y, sin embargo, pueden contribuir, como quizá ningún otro estudio, a formar la mente sacerdotal y ser el mejor alimento para su espiritualidad litúrgica, de adoración y alabanza a Dios (64). (62) Art. 35 (per totum). (63) Arts. 36-37. (64) Esto es lo que se advierte en la vida íntima de los Santos. Mas, por desgracia, la biografía religiosa se ha desplazado de lo milagrero a lo psicológico y sigue dejando en la penumbra este aspecto, que juzgamos el más fundamental para comprenderlos. AD. TAN-
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