BCCCAP00000000000000000000683
6 P. Feliciano de Ventosa, O. F. M. Cap. Una precisión de esta formación «sabia y audaz», en lo que se refiere a la instrucción, nos la da el mismo Pontífice al escribir: «de prudentia et cautela quae semper socienda est cum diligentissima eaque maximopere commen– danda pervestigatione novarum» (10). Con prescripción tan ponderada se enmarca el delicado tema, «estudio de novedades», que con justa razón no ha gozado nunca del favor del derecho. Una interpretación rígida de la ley canónica que exige a los clérigos evitar «profanas vocum novitates et falsi nominis scientiam» (can. 129), pudiera fomentar un minimalismo en la formación cultural del sacerdote, pernicioso a la larga para su función apos– tólica. El Papa precisa: y sin quitar ningún valor a la prescripción canónica, cuyas fuentes rememoran los días del modernismo (11), quiere que las mentes clericales se abran a la investigación de los nuevos problemas que el desarrollo de la cultura humana va proponiendo y que deben ser resueltos con un sen– tido profundamente cristiano. Por eso pide en otra ocasión: «instructio intellectualis..., sit quoque nostrorum temporum erroribus refellendis ac necessitatibus juvandis sapientissime aptata» (12). Según estas sumarias referencias extractadas de la Sedes Sapientiae conclui– mos que el segundo principio que debe dirigir toda formación sacerdotal religio– sa es el de adaptación a las exigencias de la situación actual. Ello importa una actitud mental, no sólo de prudencia y sabiduría, sino también de audacia. Al subrayar esta última nota, el Pontífice, sin desvalorar en nada lo pe– renne de la pedagogía eclesiástica, incita a abrir nuevos horizontes para la cultura y la vida cristiana. Un tercer principio práctico y de índole comparativa nos parece haber dirigido la elaboración de los Statuta Generalia. Aunque en alguna disposi– ción se aluda expresamente a dicho principio (13), no es objeto de una for– mulación especial. Por el contrario, la Sedes Sapientiae, que se mueve por expresa declaración en el terreno de los principios (14), lo señala con palabras de la «Adhortatio apostolica» Menti Nostrae: «Religiosi alumni iis nihil saltem cedant qui e laicis juvenibus parí sint disciplinae auditores» (15). Este principio es muy iluminador y previsor. Si, como afirma San Bue– naventura en el frontis de uno de sus opúsculos más celebrados, todas las (10) Cf. p. 16. (11) Entre los documentos citados como fuentes de este canon se encuentra el siguien- te: «Pius X, litt, Encycl. «Pascendi», 8 de septiembre de 1907. (12) Cf. p. 18. (13) Cf. «STATUTA GENERALIA... », art. 43, § 1, 1). (14) «Nunc igitur non pauca edicimus Statuta, praemissis tamen quibusdam funda– mentalibus principiis et normis de religiosa, clericali et apostolica alumnorum institutione et formatione» (p. 8). (15) Cf. p. 16.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz